Ven «prevaricación» en la encomienda de esas funciones a los trabajadores
21 nov 2013 . Actualizado a las 07:00 h.La Confederación Intersindical Galega (CIG) ha presentado una denuncia contra el Concello de A Estrada y otra contra la Fundación Pública de Urxencias Sanitarias de Galicia, 061, por la contratación de personal sin la formación exigida por la legislación vigente para prestar el servicio de transporte sanitario.
Según explicó ayer el secretario de la Federación galega de alimentación, mar, transporte, textil e telecomunicacións Fgamt-CIG para la provincia, Xabier Aboi, el 061 presta atención en A Estrada mediante dos sistemas.. En primer lugar, dispone de una ambulancia que presta el servicio de emergencias a través de una empresa privada, Ambulancias da Estrada. Realiza una media de entre 7 y 8 servicios diarios y atiende a los municipios de A Estrada, Forcarei y Cerdedo. Cada servicio tiene una duración de entre una y tres horas.
El Concello de A Estrada -mediante un convenio con el 061- aporta otra ambulancia para atender emergencias, urgencias y traslados sanitarios que son asumidos por la agrupación local de emergencias y Protección Civil. Esta agrupación funciona como un grupo único, pero integra a nueve trabajadores de la plantilla del Concello que conforman el servicio municipal de Protección Civil y a otros diez contratados desde este verano como Grupo de Emergencias Supramunicipal (GES). Todos ellos realizan traslados por orden del Concello en la ambulancia que trabaja para el 061, y que, según la CIG, realiza una media de tres servicios diarios.
Aboi recuerda que el Real Decreto 836/2012 que regula el transporte sanitario por carretera especifica que el personal debe contar con el certificado de profesionalidad en transporte sanitario o el título técnico de emergencias sanitarias. Según el sindicato, el personal de Ambulancias da Estrada y los nueve trabajadores de Protección Civil cumplen el requisito, pero nueve de los diez contratados para el GES no disponen de la formación requerida. La CIG destaca que estos últimos trabajadores están realizando igualmente las funciones de técnico conductor y de técnico ayudante de la ambulancia. Asegura, además, que queda constancia de ello, ya que en cada servicio, el personal debe cubrir un parte asistencial en el que figura un apartado para indicar qué técnicos realizaron el traslado.
El sindicato añade que la ambulancia del 061 atendida por Ambulancias da Estrada es revisada periódicamente por el 061. Sin embargo, la ambulancia con la que el grupo de emergencias local realiza servicios asistenciales para el 061 no es sometida a ningún tipo de control.
El sindicato ha presentado una denuncia ante la Consellería de Sanidade por la comisión de una infracción sanitaria en relación con la vulneración de los artículos 15 y 43 de la Constitución, en relación con los derechos a la vida y la salud, así como a la Ley 4/1986 de 25 de abril, general de de Sanidad y a la ley 8/2008 de Saúde de Galiza, además del Real Decreto 836/2012 que fija los requisitos del transporte sanitario.
La CIG formalizó además una denuncia penal ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de A Estrada por considerar que el caso puede constituir un delito de prevaricación tipificado en los artículos 404 y 405 del Código Penal.
Funciones extra
Según el sindicato, el Concello tomó la decisión de encomendar a los trabajadores del GES los traslados sanitarios a sabiendas de que es ilegal. En este sentido, Aboi recalcó que en las bases para la contratación del personal del GES no se exigía formación o acreditación profesional en transporte sanitario porque entre las funciones del grupo no figuran las de asumir traslados en ambulancia. La CIG dice que el Concello de A Estrada -como caso único en Galicia- ha encomendado a los trabajadores, con orden por escrito, estas funciones a pesar de saber que esto significa incumplir la legislación.
La CIG dice que nueve empleados asumen viajes en ambulancia sin la formación exigida