El TSXG rechaza las alegaciones de la empresa, que pretendía indemnizar con un 20% La mayoría de los 25 vecinos que fueron expropiados ya recibieron su sentencia favorablea
22 nov 2003 . Actualizado a las 06:00 h.?a sala de lo Contencioso -Administrativo del Tribunal Superior de Xusticia de Galicia viene de rechazar los recursos planteados por la empresa Red Eléctrica Española contra las indemnizaciones que había fijado el Jurado Provincial de Justiprecio para los vecinos afectados por la voladura de la línea de alta tensión que habían aguardado a ser expropiados en Merza en su postura de oposición al trazado del citado tendido. La decisión del TSXG tiene antecedentes en terrenos urbanizables pero no parece que los tenga semejantes en el caso de la indemnización por tierras de labradío. El TSXG respalda la decisión de Justiprecio de exigir a Redesa el pago del valor del 80% de los terrenos afectados por la servidumbre de la línea. Redesa planteó en sus alegaciones que el pago debería ser del 20% dado que podría seguir cultivando la tierra. El Tribunal es tajante sin entrar a debatir el alto riesgo de las radiaciones de los campos magnéticos que es asunto de preocupación, según afirma el TSXG, de la Comisión Europea de Medio Ambiente, Salud Pública y Protección al Consumidor y «no se debe ignorar» aunque no se considere a efectos indemnizatorios. Reconoce que para fijar el valor pueden concurrir otras circunstancias y cita a modo de ejemplo «la potencia o tensión electrica que porte el tendido por las limitaciones que conlleva, según el caso, la servidumbre. El tribunal es tajante al reconocer como válido el acuerdo de Justiprecio que estimaba «adecuado para compensar la cargas, prohibiciones, y pérdida de aprovechamiento que conlleva aquella servidumbre o dicho de otra forma, que el perjuicio que representa dicha servidumbre se entiende paliado o compensado mediante el reconocimiento del 80% del valor unitario del suelo» de toda la servidumbre. Se justifica por ser una servidumbre permanente de paso, en la que la empresa puede entrar y frustrar el rendimiento de la paracela lo que implica que el propietario no se arriesgaría a invertir trabajo y dinero en un cultivo que podría verse afectado por obras de mantenimiento. De 1,2 a 4,8euros el metro Un caso práctico de la veintena larga que ya recibieron la sentencia puede ser el de unas parcelas de labradío tasadas a seis euros (mil pesetas) el metro cuadrado. Redesa quería pagar un 20%, 1,2 euros (200 pesetas) el metro y tras el fallo deberá abonar el metro a 4,8 euros (800 pesetas). La cuantía total dependerá del valor de la tierra y de los metros. El 80% del valor es fijo.