La deuda del CD Lalín con Hacienda se incrementa un 6,5 por ciento cada año

XABIER OTERO LALÍN

DEZA

TERCERA DIVISIÓN Los intereses de demora se suman al débito global y sólo se paralizarían de presentar un aval ante el TEAR La deuda del Lalín no dejará de crecer hasta el momento en el que el club alcance un acuerdo de pago con la Administración Tributaria o presente un aval ante el Tribunal Económico Administrativo Regional. Organismo que podría tardar en dictar sentencia cerca de dos años, con lo que los débitos se incrementarían un 13% a razón de un seis por ciento anual. Descartada la reducción, el fraccionamiento del pago sería la solución más ventajosa, la que no eximiría del pago de los intereses de demora.

10 ene 2001 . Actualizado a las 06:00 h.

Las obligaciones contraídas por el CD Lalín con la Hacienda Pública se incrementarán a razón de un 6,5% anual, en concepto de intereses de demora, mientras que el club no haga frente al pago de la deuda, según aseguran desde la Agencia Tributaria. Desde este organismo se descarta asimismo una reducción de la deuda porque «la única posibilidad de efectuarla sería realizando una condonación graciable en caso de sanciones y es el TEAR quien la tiene que determinar. Y hace muchos años que no he visto aplicar una. En un caso de impago de IVA sería totalmente inviable llevar a cabo la reducción porque se trata de un alzamiento de bienes». Además, quieren dejar claro que el mero hecho de interponer un recurso ante el TEAR, como es el caso, «no paraliza el procedimiento ejecutivo. Se puede embargar si la sociedad dispone de efectivo y si luego el tribunal le diese la razón, se le devolvería la cantidad sustraída con los correspondientes intereses». Las dos posibilidades que tiene el CD Lalín es solicitar ante el TEAR la suspensión de la deuda presentando un aval que garantice el pago de esta «y una serie de aspectos en concepto de intereses» o alcanzar un acuerdo con Hacienda, siempre presentando un aval bancario, para fraccionar los abonos en doce o cuatro meses cada año. Eso sí, como ocurre con los créditos bancarios, cada «recibo» llevaría incluídos los intereses de demora calculados sobre la base de cinco años, si es ese el período durante el que finalmente se acordase llevar a cabo el pago.