La sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG estimó un recurso presentado por el Rectorado de la Universidade de Vigo y revocó una sentencia que había ordenado admitir a una bibliotecaria de la Universidade de A Coruña en la lista de funcionarios del campus de Vigo, exclusivos o transitorios, y le otorgaba derecho a participar en un concurso de enero del 2003 para la provisión de puestos de trabajo por méritos. La demandante, A.B.M.P, había sido excluída porque era una funcionaria de la Universidade de A Coruña destinada temporalmente en comisión de servicios en Vigo. En una primera sentencia, la funcionaria consiguió que el juzgado 1 de lo Contencioso de Vigo le diese la razón el 31 de marzo de 2004 y estimase su recurso de reposición contra la lista de aspirantes excluidos en la que figuraba ella. La sentencia decía que ella cumplía los requisitos porque era una funcionaria de carrera que trabajaba en Vigo, también en una biblioteca universitaria. El Rectorado recurrió y logró que el TSXG admitiese sus argumentos. El tribunal establece que la demandante carece de un puesto con carácter definitivo sino que está en comisión de servicios e incumple las normas del concurso. La sentencia cree que el juzgado vigués incurrió en una «confusión».