La defensa del creador de Rojadirecta niega que cometiese un delito y pide su absolución
A CORUÑA
Telefónica cifra en «millones de euros» los daños y Fiscalía solicita cuatro años de cárcel por retransmisiones deportivas «ilegales»
12 feb 2026 . Actualizado a las 14:47 h.La defensa del creador de Rojadirecta ha negado que su cliente cometiese un delito como sostiene la Fiscalía, que solicita para él cuatro años de cárcel por retransmisiones deportivas de forma ilegal, según recoge su escrito de calificación. Así lo expuso el abogado en declaraciones a Europa Press con motivo del juicio que se celebra en la Audiencia Provincial de A Coruña, y que continuará el 19, 23, 24, 26 y 2 de marzo, día en el que está prevista la declaración del acusado.
El Ministerio Público considera la actividad de la plataforma Rojadirecta, a través de la sociedad Puerto 80 Projects SLU, en relación a retransmisiones deportivas de forma ilegal, un delito contra la propiedad intelectual. En relación a estos hechos, el escrito de acusación del fiscal apunta al creador de la misma y a otras cinco personas, con domicilio en distintas localidades españolas y administradores de webs que colaboraban. No obstante, en esta vista se juzga solo a una persona —el creador de Rojadirecta—después de que los demás encausados llegaran a un acuerdo de conformidad, con sentencia ya dictada y que el abogado de la defensa planteó que se declarase nula con repetición del juicio al incluir cuestiones que «señalan directamente» a su cliente.
La primera sesión se centró en cuestiones previas. Además, ha sido la jornada fijada para la declaración de testigos. Entre ellos, declaró el director comercial de una empresa que compraba a Mediapro derechos de fútbol para distribuir a casas de apuestas. Este afirmó que si Rojadirecta hubiera dado acceso a través de enlaces de casas de apuestas a contenidos de fútbol sería sorteando medidas de geobloqueo de su compañía y cláusulas contractuales. En la misma línea, un representante de Telefónica, titular exclusivo de los derechos del fútbol de pago en aquel momento, señaló que en esos tiempos para ver este deporte en España había que ser «abonado» a plataformas específicas. En este sentido, aseguró que no autorizaron a Rojadirecta a que retransmitiera sus contenidos futbolísticos. «En ningún momento y bajo ningún concepto», reiteró. Lo hizo tras explicar que el «perjuicio económico que se causó en esa temporada fue muy elevado». «Hablamos de varios millones de euros», dijo.
Previamente, el abogado de la defensa afirmó que «la actividad denunciada de administrar una página web en la que los propios usuarios aportan enlaces a contenido deportivo de muy diversa índole y de páginas de terceros sin que haya una actividad por parte de Rojadirecta activa, sino meramente neutral de agenda deportiva, no está tipificado como delito».
Este letrado dijo además que la página web no tenía «publicidad ni cobraba por las retransmisiones que sean ilícitas». «Nadie que haga click daba un solo beneficio a mi cliente», insistió. Asimismo, recalcó que «el Código Penal no tiene como objeto protegido los partidos de fútbol, sino las obras intelectuales donde están los partidos de fútbol». «Entendemos que se le aplican las exenciones de responsabilidad de cualquier intermediario de la Sociedad de la Información, que son estas páginas cuyo contenido está construido no por sus propietarios sino por las aportaciones de la propia comunidad y su obligación es solo la de actuar diligentemente cuando alguien notifique algún contenido que pueda ser infractor y está probado que así se ha actuado».