«Por cada error catastral hay que pagar la diferencia del IBI por cuatro años»

ana f. cuba ORTIGUEIRA / LA VOZ

A CORUÑA

El técnico cree que muchas correcciones están mal hechas.
El técnico cree que muchas correcciones están mal hechas. c. toimil< / span>

A mayores hay una sanción de 60 euros, que ya se está notificando en varios municipios de la provincia

21 mar 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

Si la revisión catastral ha detectado un error que implica una subida de 100 euros en el impuesto de bienes inmueble (IBI), el propietario deberá pagar 400, por los últimos cuatro años. Y a mayores, una sanción de 60 euros. Jorge Juan Álvarez Castrillón (Ferrol, 1975), ingeniero técnico agrícola, responsabiliza a los concellos de parte del problema generado por el conocido catastrazo.

-¿Qué implica lo que se ha denominado como ?catastrazo??

-La regularización catastral es la inclusión en la base de datos del Catastro de construcciones, ampliaciones, mejoras o cambios de uso en los edificios que no estaban declarados al Catastro, y se está realizando en la mayoría de los municipios de España. No se incluyen los errores catastrales que supongan una bajada de la contribución, solo son objeto de regularización los defectos que suben el IBI (impuesto de bienes inmuebles). Esto supone la sanción de 60 euros por cada caso, el incremento del IBI y el pago de cuatro años con efectos retroactivos. La empresa privada contratada por la Diputación, por cada caso que detecta cobra 50 de los 60 euros de la sanción. A algunos municipios de la provincia ya están llegando esas notificaciones. En Ares y Cariño, por ejemplo, se enviaron el año pasado.

-¿Qué es lo que hay que pagar con efecto retroactivo?

-El importe incrementado en el IBI multiplicado por cuatro años. Es decir, si detectaron una ampliación de una edificación y esto supone un incremento de 100 euros en el IBI, tendrías que pagar 100 por cuatro, 400 euros.

-¿Por qué ocurre esto?

-El hecho de que un propietario tenga construcciones sin declarar al Catastro se debe, en la mayoría de los casos, a que el Ayuntamiento concedió licencia de obra y los propietarios pensaron que todo estaba en regla, que no tenían que hacer nada más. No se imaginaban que tenían que declarar al Catastro estas obras, dado que ellos no ocultaron el hecho a la Administración. Es cierto que el desconocimiento de la ley no exime de su responsabilidad pero la gente tampoco está debidamente informada. Además, existen convenios de los ayuntamientos con el Catastro para que el propietario ya no tenga que declarar la obra, que lo haga directamente el ayuntamiento.

-¿Qué otras situaciones se dan?

-En otros casos responde a errores latentes desde hace 15 o 20 años, desde que se creó la nueva base digital del Catastro de urbana y el propietario no realizó obras y desconocía el error. Si el propietario no ejecutó obras y el error viene de cuando la Administración realizó los planos del Catastro, creo que es gravemente injusto sancionarlo, ya que la gente confía en que su casa tiene bien las medidas en el Catastro. Primero hacen mal el catastro y luego te sancionan los mismos porque está mal.

-Pero hay concellos que contrataron empresas para esto.

-En mi opinión no debería existir ninguna obra sin declarar en los ayuntamientos donde se le pagó a una empresa de catastro, como es el caso de Ferrol, Narón y Ortigueira, ya que esa es la misión de estas empresas. Es decir, si una empresa de catastro lleva una década regularizando el catastro de urbana es absolutamente increíble que pueda aparecer ni una sola edificación que esté sin declarar; y es posible que en este proceso de regularización contratado por la Diputación aparezcan entre un 10 % y un 20 % de casos con sanción.

-Parece difícil de explicar...

-Lo más curioso es que en el caso de Ferrol, la misma empresa que lleva más de una década regularizando el catastro de urbana es la que ha sido contratada por la Diputación para hacer la regularización y todo parece indicar que ha detectado un gran número de casos. Es decir, contratados por el Ayuntamiento de Ferrol no se dieron cuenta de ninguna obra sin declarar en una década y contratados por la Diputación descubren de repente un montón de casos.

-¿Se puede reclamar?

-Se puede reclamar la sanción de 60 euros si lo que dice la empresa de catastro no es cierto. Por ejemplo, la empresa informó que había una reforma media en una edificación y resulta que era una reforma mínima, que no es sancionable; o que una edificación era vivienda y sin embargo era una asociación de vecinos, que tiene un IBI inferior al de vivienda. Hay que tener en cuenta que la empresa de catastro realizó las inspecciones, según me cuentan los vecinos, sin entrar en las edificaciones, ni las fincas (sin hacer mediciones), a toda velocidad y con fotografías de largo alcance. Es probable que muchas de las correcciones estén mal hechas.