Un litro como máximo para los no profesionales

La Voz

CARBALLO

30 mar 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

Debido a la avalancha de solicitudes de carnés por parte de labradores no profesionales, Medio Rural ha establecido límites más claros sobre quienes deben tener la autorización

Espacios. Los usuarios no profesionales podrán realizar tratamientos en espacios de uso privado o vecinal, ya sean jardines domésticos, lo que incluye terrazas y balcones, o huertas «para aproveitamento familiar ou veciñal», independientemente de su tamaño o de si se encuentran en el interior de un jardín doméstico o fuera de él.

Productos. Son los especificados en el Real Decreto 1311/2012 y se pueden encontrar en la página web del Ministerio de Agricultura. Son poco más de 60 materias activas presentes en 170 productos diferentes. Se venden libremente.

Capacidades. Los productos fitosanitarios que se comercializan para usos no profesionales tienen una capacidad limitada. En el caso de los aerosoles o de las mezclas para aplicar directamente con el producto fitosanitario ya diluido en el contenido, el máximo será de 1 litro. Para los otros preparados, se establece un máximo de la mitad, 500 gramos en el caso de polvo o sólidos o 500 mililitros si son líquidos. Los técnicos consideran que estas cantidades son más que suficientes para la mayor parte de las huertas familiares que hay en la zona. Además recomiendan prácticas ecológicas para evitar el abuso de estas sustancias, que, a pesar de que se venden libremente, también tienen incidencia en el medio ambiente y los cultivos.

Registro. Los usuarios no profesionales están eximidos de llevar un registro de los tratamientos fitosanitarios realizados. No han de llevar pues un libro de la explotación como ocurre si hacen uso del carné de fitosanitarios para comprar productos profesionales. Este requisito ha hecho que muchos labradores de huertos familiares hayan preferido no hacer el curso o no utilizar la autorización profesional.

Envases. En el caso de los productos que se adquieren sin carné profesional no es necesario devolverlos a un gestor autorizado, sino que se pueden depositar en los contenedores urbanos una vez vacíos.