Zapatero pide un aplazamiento de su declaración por la «complejidad» del sumario
Hace tiempo que las empresas Vousama S. L. e Invercom 96 S. L. preparaban el terreno para levantar dos nuevos edificios de viviendas a un palmo del río de O Con. Ambos proyectos se ubicaban en la amplia superficie que se abre entre la capilla de San Roque y la avenida Rodrigo de Mendoza, junto al cruce con la calle Ramón Cabanillas. Sin embargo, las sociedades inmobiliarias cuentan desde ayer con un importante obstáculo para llevar adelante sus intenciones: el informe desfavorable que acaba de emitir el Concello de Vilagarcía.
El motivo del rechazo municipal se encuentra en la proximidad de las obras previstas al río de O Con en un tramo del cauce, el urbano, que ha sufrido ya múltiples agresiones. Otra firma emblemática, Vicando, se enfrenta de hecho a un expediente de Augas de Galicia por las últimas fases de la urbanización levantada en el parque de A Coca. En el caso de Vousama e Invercom, la construcción de los nuevos bloques exige que se reduzca la zona de servidumbre pública en una de las orillas del río. El gobierno local se pronuncia en contra de este paso, basándose en el informe también negativo de la secretaría del Concello. La decisión ya ha sido comunicada al ente autonómico.
Augas de Galicia había solicitado informes al Concello dentro del procedimiento habitual que precede a la autorización de este tipo de obras. Esta petición de informes se produce tras las obras de encauzamiento y ensanche del lecho del río, acometidas por la Consellería de Medio Ambiente para reducir el riesgo de inundaciones. Estos trabajos desplazaron el límite de la franja de protección de lechos fluviales de 5 metros que marca la ley. A la vista de tal cambio, las empresas promotoras solicitaron reducir la servidumbre hasta 3 metros en su punto más estrecho, acogiéndose a una excepción del PXOM que se fundamenta en el Reglamento de Dominio Público Hidráulico de 1986, una normativa que acaba de ser modificada.
Así, la secretaría se basa en la Lei de Augas del 2001 y en el decreto de este mismo año que modifica el reglamento de 1986. De acuerdo con ambos textos, los márgenes de los cauces públicos y de los terrenos que lindan con ellos están sujetos «en toda su extensión longitudinal a una zona de servidumbre de 5 metros de anchura para uso público. En cuanto a las excepciones, estas solo se permiten ya en caso de que sea necesario para su uso público o la conservación y restauración del medio. Cualquier edificación debe responder a «casos muy justificados». En último término, Augas de Galicia es el organismo que debe decidir si autoriza o no las dos construcciones.