La Xunta ve graves infracciones en la concesión de licencias en Vilanova

Serxio González Souto
Serxio González VILAGARCÍA

AROUSA

MARTINA MISER

Un informe del servicio de Urbanismo recomienda la anulación de tres permisos en As Sinas El departamento autonómico insta al Concello a paralizar unas obras que están prácticamente listas

21 ene 2006 . Actualizado a las 06:00 h.

?a política urbanística capitaneada por el equipo del popular Gonzalo Durán en Vilanova vuelve a verse duramente comprometida. Si hace apenas una semana era una sentencia del Juzgado de lo contencioso de Pontevedra la que calificaba de «grave infracción urbanística» la concesión de una licencia en Caleiro, contraviniendo el informe del arquitecto técnico municipal, ahora es el propio servicio de Urbanismo de la Xunta el que detecta importantes irregularidades en el otorgamiento de tres autorizaciones para construir viviendas en la zona de As Sinas. Los expedientes examinados por los servicios de inspección de la Xunta fueron otorgados a la promotora Promopón, propiedad de José Ramón Fernández Pomares, sin que el arquitecto municipal firmase su dictamen definitivo. Dos de ellas se concedieron 48 horas antes de la suspensión de las normas subsidiarias a raíz de la aprobación inicial del PXOM, en diciembre del 2004. Y, lo que resulta más chocante, el técnico del Concello advertía de la necesidad de una cesión de terrenos que no se llevó a cabo, siendo dudosa incluso la titularidad de parte de los solares sobre los que se levantan los edificios afectados. Las obras sufrieron, en octubre, una primera paralización por parte del Concello, un año después de haberlas autorizado, ante la evidencia de las irregularidades cometidas. La Xunta insiste en la suspensión de los permisos y la inmediata congelación de los trabajos, «considerando que as licenzas concedidas poden constituir unha infracción urbanística grave». «Nos expedientes sometidos a informe -argumentan los técnicos autonómicos- non constan acreditadas as comprobacións e verificacións que o artigo 194 da lei 9/2002 atribúe como finalidade ás licenzas urbanísticas». En otras palabras, las garantías urbanísticas legales brillan por su ausencia.