El Supremo no admite el recurso de un conocido empresario de Ribadeo contra la sentencia que lo condena a dos años, seis meses y un día de prisión

La Voz RIBADEO / LA VOZ

A MARIÑA

Carlos Luján | EUROPAPRESS

El fallo, en el que hay otros cuatro condenados, ya es firme

18 abr 2024 . Actualizado a las 22:50 h.

El Tribunal Supremo no ha admitido a trámite el recurso de casación interpuesto por un empresario de Ribadeo, G.C.; tres hijos, y la compañera sentimental del primero contra las penas que les fueron impuestas por el Juzgado de lo Penal número 1 de Lugo, el 14 de mayo del 2021, ratificadas después por la Audiencia Provincial, por diferentes delitos. El empresario ribadense fue condenado a dos años y medio de prisión y a pagar una multa de 3.246 euros, por un delito de frustración de ejecución de una sentencia. En el fallo se acreditó que, con la colaboración de sus hijos y de la que era su compañera sentimental, creó un entramado de sociedades para vender propiedades y eludir el pago de una condena firme, ratificada por el Tribunal Supremo, de 457.148 euros más 114.000 euros en concepto de intereses, a la firma Promonorte Ribadeo. El Audiencia Provincial de Lugo también desestimó los recursos y ratificó la condena del Penal de 15 meses de prisión y multa de 1.626 euros para los hijos y la compañera sentimental del empresario, considerados «cooperadores necesarios» en la comisión del delito.

Estas condenas fueron llevadas al Tribunal Supremo, con la presentación de un recurso de casación, que finalmente ha sido inadmitido a trámite, en una resolución que es firme y contra la que ya no cabe interponer recurso alguno.

El origen del caso se remonta a hace más de diez años, cuando Promonorte reclamó al empresario el pago de una cantidad, ganando el juicio. Al no ser admitido el recurso de casación en el Tribunal Supremo, en enero del 2015 la sentencia devino en firme. El siguiente paso fue despachar la ejecución provisional contra el empresario, entonces por la suma de 328.693 euros de principal más 98.608 en concepto de intereses.

Al mismo tiempo, Promonorte promovió un juicio de reclamación de las cantidades contra otra empresa de la que el empresario ribadense era también el administrador, ganándolo. Como consecuencia de ello, se siguió el procedimiento de ejecución de títulos judiciales, por la suma de 457.148 euros de principal más 114.000 en concepto de intereses.

Paralelamente, se indicaba en la sentencia de la Audiencia, se crearon empresas de las que eran socios los hijos y la compañera sentimental del empresario condenado, a las que se transferían propiedades que finalmente no llegaban a ser embargadas.

Y tras un largo proceso judicial, con diferentes vistas y causas, finalmente fueron condenados el empresario, sus hijos y su compañera sentimental, en la causa abierta por Promonorte, por un delito de frustración de sentencia. Lo fueron en el Penal de Lugo y después lo ratificó la Audiencia Provincial de Lugo.

Así se llegó al punto en que los condenados presentaron el recurso de casación ante la sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que no ha sido admitido, adquiriendo el fallo de la Audiencia firmeza, sin posibilidad ya de presentar más recursos.