?l Juzgado de lo Contencioso Administrativo número dos de León puso fin a un litigio entre la Comunidad Autónoma de Castilla y León y un empresario de Navia de Suarna, al que impuso una sanción de 6.000 euros por realizar labores de silvicultura en una parcela que, según la administración leonesa, estaba dentro de sus límites, en El Bierzo. La sentencia, contra la que no cabe recurso, anula la multa impuesta y que fue cobrada a través de Hacienda el mes pasado, pese a que reconoce que no se ha probado suficientemente «a qué margen de la línea divisoria se encontraba el lugar en donde se realizaban los trabajos objetos de sanción». La sala considera probado que los trabajos, realizados en 1999 y 2000, que consistían en la mejora de masa de frondosas del monte vecinal en mano común de Robledo, en la parroquia de Rao, en Navia de Suarna, «se realizaban al amparo de la orden de la Consejería de Medio Rural de la Xunta de Galicia». La Junta de Castilla abrió dos expedientes administrativos al naviego al considerar que de una finca de 25 hectáreas del monte de Robledo de Rao había ocupado cuatro que pertenecían al ayuntamiento leonés de Candín y que había causado daños y perjuicios.