El Tratado de Lisboa dará más poder al Europarlamento, limitará la capacidad de veto de los Gobiernos y permitirá construir una Europa más solidaria, eficaz y participativa
16 nov 2009 . Actualizado a las 02:00 h.A partir del 1 de diciembre la Unión Europea empezará a funcionar bajo un flamante compendio de nuevas reglas que ha costado casi ocho años poner en marcha, pero del que la mayoría de los europeos desconocen su utilidad práctica. No es de extrañar, porque el Tratado de Lisboa es un texto de digestión pesada: 480 páginas estructuradas como reformulación de tratados anteriores y plagadas de protocolos, anexos y declaraciones, redactados en una enrevesada jerga jurídica inasequible para los no iniciados. Si a eso se une el largo y enojoso proceso que sufrió antes de su plena ratificación, es normal que no entusiasme a nadie.
El Tratado de Lisboa no es una constitución (ni siquiera lo era aquella a la que sustituyó), ni puede asimilarse a la de Estados Unidos o a las de países con sistemas semifederales como Alemania, Bélgica o España. No establece un Ejército común, ni crea un súper-Estado, ni socava ni un ápice la soberanía nacional de los países miembros. Pero sí representa un importantísimo avance en la configuración política de la Unión y un triunfo del europeísmo. Aunque sus consecuencias más importantes solo empezarán a sentirse a largo plazo, también habrá efectos inmediatos. Porque, por encima de todo, el tratado pone en manos de los europeos una herramienta perfecta para dinamizar sus instituciones y poner fin a los años de europesimismo.
UN PARLAMENTO MÁS FUERTE
Más poder para la institución que eligen los ciudadanos
Simplificando temerariamente las cosas se podría decir que el proceso decisorio en la UE funciona de esta forma: la Comisión propone las leyes, el Parlamento las debate, enmienda y corrige, el Consejo las decide y aprueba, y la Comisión, de nuevo, vigila que se cumplan. Con Lisboa, el Parlamento, la única institución que los ciudadanos pueden elegir directamente, aumentará notablemente su capacidad de decisión en materias que hasta ahora estaban reservadas al Consejo: el presupuesto comunitario, la política agrícola y pesquera, los asuntos de justicia e interior, la protección de los consumidores, el deporte, la sanidad... El tratado, además, cambiará la configuración del Europarlamento, que pasará a tener 751 escaños, dieciocho más que ahora. Cuatro de los nuevos diputados serán españoles, y sus nombres se añadirán siguiendo los resultados de las últimas elecciones.
UN CONSEJO MÁS EFICAZ
Un sistema más justo para la toma de decisiones importantes
El procedimiento de decisión en el Consejo, donde se reúnen los ministros, funcionaba hasta ahora otorgando a cada país un número de votos según su población (entre 27 y 29 los Estados grandes, entre 7 y 14 los medianos, y entre 3 y 4 los pequeños). Para las decisiones que no requerían unanimidad, se exigía la aprobación de una mayoría de países con al menos el 74% de los votos y que representaran al 62% de la población. Ese sistema paralizaba hasta la extenuación la toma de decisiones, pues bastaba con el voto de dos grandes y tres medianos para bloquear iniciativas. Ahora se adoptarán cuando las apruebe un 55% de los socios que representen al 65% de los ciudadanos, aunque el nuevo modelo no se aplicará plenamente hasta el 2017.
MENOS BLOQUEOS, MAS EFICACIA
Se reduce la capacidad de veto individual de los Gobiernos
La mayoría cualificada pasa a ser la norma, y la unanimidad, la excepción. En 87 materias (hasta ahora eran 36), no habrá posibilidad de que un solo país pueda bloquear una iniciativa, aunque seguirán sujetas a veto las cuestiones de fiscalidad, política exterior y defensa. Pasarán a adoptarse por mayoría cualificada las relativas a medio ambiente, energía, ayuda humanitaria, cooperación judicial y policial, nombramiento de altos cargos...
UNA PRESIDENCIA PERMANENTE
Dos presidentes y un
ministro de Exteriores
Junto a los presidentes del Parlamento y de la Comisión, habrá un presidente permanente del Consejo, con mandato de dos años y renovable una vez, que se encargará de la representación institucional de los Veintisiete y, sobre todo, de coordinar y dar continuidad a los trabajos de las presidencias semestrales nacionales. El alto representante para las Relaciones Exteriores tendrá competencias reforzadas y mando por cinco años, ejercerá de jefe de la diplomacia común y ocupará una vicepresidencia en la Comisión Europea. Este organismo ejecutivo tendrá tantos miembros como socios de la Unión, aunque a partir del 2014 podrá reducirse a un máximo de dos tercios del número de Estados.
UNA DIPLOMACIA COMÚN
Un servicio de acción exterior con más de 5.000 funcionarios
El alto representante tendrá bajo su mando al mayor servicio diplomático del mundo: más de 5.000 funcionarios de la Comisión, el Consejo y, por primera vez, diplomáticos de los países miembros, distribuidos en más de 125 oficinas y delegaciones, con un presupuesto de 50.000 millones de euros hasta el 2013. A la larga, el tratado contempla que ese servicio no se limite a gestionar las relaciones de la UE con el resto del mundo, sino que pueda también ofrecer servicios consulares a los nacionales de cualquier Estado miembro.
LA CLÁUSULA DE SALIDA
Una herramienta jurídica para programar la baja de un socio
La UE no disponía hasta ahora de mecanismos jurídicos para negociar la salida de un socio. Por primera vez, Lisboa contempla la posibilidad de que un país miembro deje de serlo.
PARLAMENTOS NACIONALES
Participar y pedir la retirada de proyectos legislativos
Los Parlamentos nacionales podrán hacer constar su opinión sobre los proyectos legislativos que prepare la Comisión Europea, e incluso instar su paralización si una mayoría de asambleas de los Veintisiete consideran que invaden competencias propias.
INICIATIVA CIUDADANA
Un millón de firmas para pedir una ley a la Comisión
Los ciudadanos podrán reclamar a la Comisión Europea que presente una propuesta legislativa sobre un determinado asunto, reuniendo un millón de firmas en varios Estados miembros.
DERECHOS FUNDAMENTALES
Garantías sobre ciudadanía, igualdad y libertades
La Carta Europea de Derechos Fundamentales, que recoge disposiciones sobre la dignidad humana, las libertades, la igualdad, la solidaridad, la ciudadanía y la justicia, forma parte del Tratado de Lisboa y, por lo tanto, es de obligado cumplimiento en toda la Unión.
EXCEPCIONES
Algunas concesiones a los países más euroescépticos
Varios países, como el Reino Unido, Irlanda, Polonia y la República Checa, han logrado que se incluyan en el tratado reconocimientos expresos a su soberanía en algunas materias y a la primacía de su ordenamiento interno sobre Lisboa. Los cuatro han exigido que se les exima del cumplimiento de la Carta de Derechos Fundamentales si esta entra en colisión con las disposiciones nacionales.