Condenan a Telecinco a indemnizar al futbolista Guti

madrid / efe

TELEVISIÓN

Informaron de una supuesta relación extramatrimonial y homosexual.

20 oct 2011 . Actualizado a las 06:00 h.

El Supremo ha condenado a Telecinco a indemnizar al futbolista Guti con 75.000 euros por una información no veraz y sin interés público que justificara los daños a la imagen del deportista causados al informar de una supuesta relación extramatrimonial y homosexual.

El Supremo señala que la información emitida por Telecinco afectó a la reputación de José María Gutiérrez, Guti, y a su derecho al honor además de a su intimidad, pues se especulaba sobre su orientación sexual y se insinuaba la existencia de una relación extramatrimonial de carácter homosexual respecto de una persona casada y con hijos.

Dice la Sala que eso afecta negativamente a su reputación personal como hombre, marido y padre, especialmente cuando se manifiesta públicamente como heterosexual y cuando tal atribución se debió a una simple confusión, pues en realidad se encontraba en compañía de su hermana, como posteriormente se reconoció. El futbolista demandó a Gestevisión Telecinco, S.??A. por las manifestaciones realizados en el programa Está pasando, el día 13 de febrero del 2008.