El sistema permitirá a las industrias tributar en función del volumen o la carga contaminante

La Voz

GALICIA

06 oct 2009 . Actualizado a las 02:00 h.

El canon del agua establecerá dos modalidades de tributación para las industrias, en función del volumen o de la carga contaminante. La tributación según el volumen se aplicará a los usos industriales que no presenten una especial carga contaminante en sus vertidos, para las que se implantará una tarifa fija de 2,5 euros al mes y una variable que gravará con 0,42 euros el metro cúbico.

La otra modalidad implicará la tributación de acuerdo al volumen de vertido y a la carga contaminante del mismo. Este modelo aplicará un precio por unidad de contaminación en cada parámetro, ya sean materias en suspensión, oxidables, nitrógeno, metales, fósforo, etcétera. De este modo, el importe del canon a pagar se determinará a partir del volumen vertido y de su concentración contaminante. Medio Ambiente considera que este modelo supone un nuevo paso en el criterio de «quen contamina máis paga máis».

Multas de 600.000 euros

El borrador del proyecto de ley dedica uno de sus 88 artículos al capítulo de sanciones, con la posibilidad de imponer multas de entre 300.000 y 600.000 euros en caso de infracciones muy graves. En esa tipificación entran los vertidos que alteren la calidad de las aguas y que causen daños que la Administración hidráulica valore en más de 15.000 euros.

El nuevo texto legal, que dotará a Galicia de competencias exclusivas en materia de aguas, derogará la norma de 1993 que regula la Administración hidráulica y la ley autonómica de rías, del 2001.