El Supremo rechaza suspender la bajada del límite a 110 km/h

madrid / efe

ESPAÑA

Así lo acordó la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS en un auto, en el que señala que no hay razones de especial urgencia que lleven a decidir sobre la medida cautelar solicitada sin oír a la Administración del Estado, a la que da un plazo de cinco días para efectuar alegaciones.

12 mar 2011 . Actualizado a las 06:00 h.

El Tribunal Supremo (TS) rechazó la petición de la asociación DVuelta y la plataforma ciudadana Movimiento 140 de suspender como medida cautelar la bajada del límite de velocidad a 110 kilómetros por hora mientras se resuelve el recurso presentado contra esta medida. Así lo acordó la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS en un auto, en el que señala que no hay razones de especial urgencia que lleven a decidir sobre la medida cautelar solicitada sin oír a la Administración del Estado, a la que da un plazo de cinco días para efectuar alegaciones.

«Tanto más en una cuestión en la que están involucrados importantes intereses generales como lo son la seguridad vial y, en su caso, los de orden económico a los que se refiere la propia parte recurrente», añade la resolución, que acuerda abrir una pieza separada de medidas cautelares.