La adaptación gallega a la norma europea permite una gran discrecionalidad,?según el sector
05 oct 2009 . Actualizado a las 02:00 h.Las grandes empresas de distribución discrepan notoriamente de la visión de la Xunta a la hora de adaptar la Lei de Comercio Interior de Galicia a la directiva de servicios europea. El capítulo dedicado a aparcamientos no convence a las distribuidoras, al exigir una plaza por cada 20 metros cuadrados. Para una superficie tipo de 2.500 metros serían necesarios, incluyendo accesos, unos 1.560, más del 62% de la superficie útil de exposición y venta. «Es desproporcionado y puede suponer de facto la expulsión de este formato comercial», sostienen las distribuidoras. Las objeciones se hacen extensivas a la existencia de líneas de transporte, lo que excedería las atribuciones de los negocios.
La Dirección Xeral de Comercio ha recibido un pliego de alegaciones contra el anteproyecto que maneja el Ejecutivo gallego, dirigido a poner la norma en consonancia con la directiva europea, que obliga a suprimir la doble licencia en la implantación de grandes superficies, con más de 2.500 metros cuadrados. La Xunta mantiene la autorización por razones urbanísticas, medioambientales o de interés general.
Las distribuidoras creen que el anteproyecto choca con la directiva de servicios, porque establece «limitaciones sustanciales a la libertad de establecimiento», lo que, a su juicio, implica discriminaciones a las grandes empresas. La regla europea, alegan, es muy clara y la autorización previa limita la libertad de establecimiento. A su juicio, esta solo podría exigirse cuando viniera justificada por «razones imperiosas de interés general» y siempre que el objetivo perseguido no se pueda conseguir con una medida menos restrictiva.
El régimen de autorización previsto en el anteproyecto gallego «es discriminatorio por cuanto solo es obligado para establecimientos de comercio minorista de más de 2.500 metros cuadrados, y no para otros dedicados a la venta de automóviles, embarcaciones, maquinaria industrial o agrícola, materiales para construcción, artículos de saneamiento o mercados municipales», según recogen las alegaciones de las distribuidoras, que se quejan de que tampoco resulta de obligación para los centros comerciales abiertos, que requieran gran espacio físico.
«Primacía»
El anteproyecto de la Xunta resultaría «inconcreto» en algunos casos. Las distribuidoras estiman que la norma autonómica «permite un amplio margen de discrecionalidad, en clara contraposición con la directiva», cuando advierte de que se valorarán las condiciones de accesibilidad, circulación y movilidad, sin determinarlas «con claridad».
Las mismas fuentes creen que la normativa de la Xunta impone la autorización previa basada en razones imperiosas de interés general, pero observan que, en caso de conflicto, las libertades comunitarias de empresa y establecimiento gozan de primacía sobre los intereses públicos de índole «territorial, urbanística y ambiental», que son precisamente las razones que esgrime la Xunta para reservarse la autorización.