La Justicia obliga al fisco a dar los cien euros por hijo a una gallega cotitular de una granja
ECONOMÍA
Las mujeres cotitulares de explotaciones agroganaderas, un perfil muy frecuente en el campo gallego, tendrán derecho a cobrar los cien euros de deducción en la declaración de la renta que Hacienda reconoce desde el año 2004 a las madres trabajadoras con hijos de cero a tres años. Eso es lo que se desprende de una reciente sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) -hecha pública ayer por Fademur, la organización de mujeres rurales promovida por Unións Agrarias -?que ha venido a dar la razón a Serafina Domínguez, una ganadera de Mazaricos, madre de gemelos, a la que se le denegó la deducción en el 2004.
La Agencia Tributaria así lo decidió al ver que la mujer, pese a ser cotitular de la granja, no declaraba ingresos. En Galicia es muy frecuente que en la ganadería figure el nombre del marido en los registros administrativos, aunque legalmente sea propiedad de los dos cónyuges, de forma que en la declaración del IRPF los ingresos de explotación obtenidos por el trabajo conjunto suelen imputarse exclusivamente al hombre.
Fundamentos del fallo
La decisión de Hacienda se produjo a pesar de que Serafina Domínguez estaba dada de alta en la Seguridad Social y pagaba sus cuotas todos los meses. Y esto es precisamente lo que ha servido al TSXG para argumentar que el razonamiento del fisco es incorrecto porque «el alta en la afiliación implica el ejercicio de una actividad». Según la Justicia, no es la ganadera de Mazaricos quien tiene que realizar una justificación adicional para demostrar su trabajo sino que es la Agencia Tributaria la que debe verificar que no existe actividad laboral a pesar de la afiliación a la Seguridad Social para poder denegar la deducción.
Rosa Arcos Caamaño, presidenta de Fademur, difundió ayer el contenido de la sentencia y expuso que se trata de un fallo histórico que da la razón a Unións Agrarias en su lucha por equiparar a las trabajadoras del rural en derechos fiscales.
En Galicia hay un elevado número de mujeres que trabajan en el campo en régimen de cotitularidad, de ahí el alcance de la sentencia del TSXG. Alicia Muíño, abogada y asesora jurídica de Fademur en este proceso, explicó que es muy complejo cuantificar cuántas gallegas se beneficiarán de esta sentencia. «No solo llega con conocer el número de cotitulares, sino que es preciso determinar cuántas han sido madres y, sobre todo, cuántas han hecho una declaración del IRPF conjunta, porque aquellas que la hicieron de forma separada, declarando ingresos, no tendrían este problema», precisó ayer la letrada.
Tanto Rosa Arcos, presidenta de Fademur, como la propia abogada, confían en que sea la propia Agencia Tributaria la que actúe ahora de oficio, divulgue el número de casos y restituya los derechos de las afectadas a las que se les denegó la deducción y a las que no la solicitaron en los ejercicios siguientes, pese a poder percibirla.
Una mujer satisfecha
«A trascendencia do fallo vai máis alá do que é o cálculo da débeda tributaria no IRPF, xa que a Axencia Tributaria impúxolle una sanción a aqueles contribuíntes que aplicaron na súa declaración a dedución nestas circunstancias», añadió la responsable de Fademur.
En Mazaricos, Serafina Domínguez se sentía ayer una mujer feliz. «Nós estamos a falar das deducións por dous xemelgos correspondentes a tres anos, que son cartos, máis de 7.000 euros, pero sobre todo é importante ver que loitamos por algo ao que tiñamos dereito e nos deron a razón», precisó la ganadera. Pese a no haber declarado ingresos, esta mujer recuerda que está dada de alta en la Seguridad Social y que es tan trabajadora como su marido.
«É importante que nos recoñezan un traballo, moitas veces invisible, ás mulleres do mundo rural», concluye Serafina.