El Tribunal Supremo declara ilegales los servicios telefónicos prestados a través del prefijo 906
ECONOMÍA
El Tribunal Supremo ha acordado no admitir los recursos de casación y extraordinarios presentados por las compañías Telefónica y Uni2 contra una sentencia dictada en 2005, por la que se declaraban ilegales todos los servicios prestados a través del prefijo 906, y declara firme la misma. Además, impone el pago de costas a las partes recurrentes respecto de sus respectivos recursos.
En mayo del 2005 la Audiencia Provincial de Madrid confirmó una sentencia del Juzgado número 61 de Primera Instancia que declaraba «ilegales todos los servicios prestados a través del prefijo 906 y que deberían haberse ofrecido a través de 903». Dicha sentencia, de julio del 2004, establecía la responsabilidad de los operadores denunciados, Telefónica y Lince (posteriormente Uni2, y ahora France Telecom), y ordenaba devolver el importe de las llamadas cobradas. Ambas compañías recurrieron entonces la confirmación del fallo judicial..
Los prefijos 906, de contenido erótico, ciencias ocultas, tarot o mensajería de ocio deberían de haberse ofrecido a través de los 903.
En un comunicado difundido ayer, la Organización de Consumidores y Usuarios señala que las compañías telefónicas condenadas deberán devolver lo que facturaron a los usuarios.
Según los cálculos de la OCU el importe de la facturación que las compañías deberían devolver superaría los 900 millones de euros. Pero «lamentablemente, el tiempo pasado desde la interposición de la demanda hace poco probable que los usuarios puedan verse resarcidos de los perjuicios económicos derivados del funcionamiento de estos teléfonos ilegales», subrayó ayer la organización de consumidores.