El Gobierno evitará que las firmas de crédito rápido practiquen la usura

Julio Díaz de Alda

ECONOMÍA

La futura ley exigirá a las entidades no financieras que informen de los precios, tarifas y comisiones

05 jul 2008 . Actualizado a las 02:00 h.

La subida de tipos y el encarecimiento de la vivienda durante los últimos años han abonado el terreno para la proliferación de empresas no financieras que, gracias a una publicidad agresiva y poco clara, han copado el mercado de la reunificación de deudas y la concesión de créditos. Un negocio al que acuden personas bajo condiciones duras que, en ocasiones, rozan la usura. Pero la falta de regulación tiene fecha de caducidad. El Consejo de Ministros aprobó ayer un proyecto de ley para regular estas actividades. Una norma que busca dotar de transparencia al sector y proteger al consumidor ante cualquier abuso, según explicaron la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, y el ministro de Sanidad y Consumo, Bernat Soria. En su exposición de motivos, el texto señala que la protección de los usuarios es «de especial relevancia, dado que no está en juego solo sus intereses económicos sino también la estabilidad del sistema».

Inscripción de empresas.

Las compañías -que hoy quedan fuera del control del Banco de España- deberán inscribirse en un registro público (habrá uno en cada autonomía y otro central con todos los datos sobre las compañías) y suscribir un seguro de responsabilidad civil o aval bancario que cubra sus eventuales responsabilidades frente a los consumidores.

Informar al cliente.

Las firmas afectadas deberán poner a disposición de los clientes de forma gratuita las condiciones generales de la contratación que utilicen. Además, y aunque existe libertad de precios, no podrán aplicar tarifas superiores a las publicitadas, y los cargos que realicen solo podrán corresponder a los servicios efectivamente prestados, que deberán constar en un folleto que, a su vez, será remitido al registro y expuesto en los establecimientos.

Préstamos transparentes.

En el apartado de préstamos, la publicidad deberá mencionar siempre la tasa anual equivalente (TAE) mediante un ejemplo claro. Se deberá facilitar gratis un folleto que indicará los gastos prepararatorios de la operación, tales como asesoramiento o tasación. También será obligatoria la entrega de una amplia información sobre la propia empresa, las condiciones del crédito, el precio final, las modalidades de pago o la ejecución.

Identificar a los profesionales.

Cuando la compañía haga de tasadora o preste un servicio preparatorio de la hipoteca deberá identificar a los profesionales o entidades que realicen esos trabajos, así como sus honorarios. Tasada ya la casa, comprobada la vivienda en el registro de la propiedad y confirmada la solvencia del solicitante, estas firmas estarán obligadas a entregar por escrito una oferta vinculante o a notificar la denegación del préstamo. Si se acepta la propuesta, el cliente podrá examinar el texto con una antelación de tres días en el despacho del notario.

La comisión de apertura se pagará de una sola vez y englobará todos los gastos de estudio, concesión, tramitación o similares. En los créditos en divisas, esa comisión incluirá todos los conceptos por cambios de moneda.