El Juzgado desestimó la petición de concurso promovida contra Cometal

La Voz

DEZA

El Mercantil se basa en las pruebas documentales presentadas por la empresa en su defensa

25 feb 2010 . Actualizado a las 02:00 h.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra falló ayer a favor de Cometal Inpesa SL desestimando la solicitud de concurso necesario presentada por cinco empresas que reclamaban a la firma silledense una supuesta deuda cercana a un millón de euros.

En el auto, dictado por la jueza, se recoge que «la mercantil Cometal Inpesa SL ha aportado pruebas y ha hecho valer argumentos consistentes, que ... otorgan a su negativa de pagar la deuda que los demandantes invoca, y que por cierto nunca han reclamado judicialmente, el aspecto propio de una actitud seria y consecuente y en modo alguno la apariencia de una conducta ligera, evasiva o carente de rigor».

El juzgado indica que la negativa de una persona al cumplimiento de una reclamación de dinero «no constituye conducta de significación unívoca, ni necesariamente denotativa de morosidad». Entienden que esa negativa puede revelar «la existencia de profundas discrepancias entre los contendientes, en torno a la existencia certera y exigibilidad del derecho de crédito que se reclama, especialmente cuando, atendida la envergadura del supuesto deudor ­­-así sucede en el caso- la constante realización de pagos a muy diversos acreedores de cuantía notoriamente superior a la del crédito que se insinúa por parte de los solicitantes del concurso».

Los demandantes achacaban a Cometal Inpesa el supuesto impago de facturas emitidas por ellos y cifraban la deuda 969.709,64 euros. En el auto el juzgado indica que de esa cantidad total «únicamente se aporta en la documental dos pagarés incorrientes: un pagaré de 428,58 euros y otro por un importe de 55.444,50 euros».

Premura

Al juzgado le llama la atención «que no existan más pagarés incorrientes, que no se halla reclamado en deuda pendiente a través del correspondiente procedimiento ordinario, ni que se llevase a cabo ningún procedimiento ejecutivo, ni embargo frente al deudor». En el auto el juzgado también incide sobre el hecho de que la solicitud del concurso fuese presentada por los demandantes el 21 de octubre del año pasado y que todas las facturas que se aportaron en la documental son facturas emitidas entre los meses de enero y agosto de 2009 lo que, en opinión de las autoridades judiciales, «demuestra una excesiva premura en la presentación de la presente solicitud».

El Juzgado de lo mercantil recoge en el auto que Cometal Inpesa «ha aportado al proceso abundante documentación que acredita su solvencia». Entre estos refieren «los pagos efectuados por Cometal Inpesa desde julio de 2009 que acredita estar al corriente de los pagos efectuados de la Tesorería General de la Seguridad Social, la Hacienda Pública y a los trabajadores, acompañándose los certificados de los citados organismos».

Al mismo tiempo se destaca por parte del juzgado la concesión por parte de la Xunta de subvenciones y la copia de la escritura pública de la concesión de un préstamo mercantil por parte del Banco Popular con fecha de 20 de noviembre del 2009 por un importe de 1,7 millones de euros. Entre la documentación aportada por la firma silledense se encuentra también la relativa a la carga de trabajo suscrita por Cometal Inpesa y las transferencias realizadas por la empresa de diciembre de 2009 a enero de este año, así como las cuentas de anuales de la firma correspondientes al 2006, 2007 y 2008.

Cometal entiende que los demandantes actuaron con una «temeridad absurda» y creen que por parte del juzgado «prevaleció la razón».