11 años de cárcel para un agresor sexual reincidente por violar a su pareja tras atarla a la cama

R. DONIZ VIGO / LA VOZ

TUI

M. Moralejo

La Fiscalía y la acusación particular solicitaron 10.000 euros de responsabilidad civil, pero el tribunal lo rebajó a 2.500

28 nov 2020 . Actualizado a las 20:10 h.

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra condena a 11 años y cuatro meses de cárcel a un hombre por violar y agredir a su compañera sentimental. El tribunal considera acreditado que, en noviembre de 2018, tras discutir con su novio en el interior de un bar en Mos, la víctima salió y se introdujo en un vehículo. Minutos después, el acusado, según el relato de hechos probados, la agarró del pelo y la sacó fuera del coche para, una vez en el exterior, arañarle en la cara, donde le dejó marcas visibles. Ambos se trasladaron al domicilio que compartían y, una vez allí, volvieron a discutir. El condenado, de nombre Arkaitz, cogió el teléfono móvil de la víctima y se lo tiró al suelo, rompiéndolo.

Ya por la tarde, después de haber dormido y sin salir del dormitorio, el procesado y ella iniciaron una nueva discusión porque esta quería marcharse y abandonar el domicilio y, en un momento dado, Arkaitz la agarró del cuello y apretó al tiempo que le decía: «Te voy a matar y así tendré motivos para ir a prisión». Cuando la soltó, después de entrar la madre del hombre en el dormitorio, el procesado empujó a esta, que se cayó al suelo de rodillas. Instantes después, Arkaitz le dijo que quería mantener relaciones sexuales con ella, a lo que se negó, diciéndole que «era su puta y que tenía que hacer lo que él quisiese». Acto seguido, la empujó sobre la cama, le colocó los brazos en cruz y le ató las muñecas al somier de la cama con un hilo fino, y sin que ella consiguiese liberarse. A continuación la violó y luego la desató, impidiéndole salir de la habitación hasta el día siguiente, lunes, para cenar.

La condena de Arkaitz evidencia hasta qué punto un hombre puede creerse impune, pero en su caso no es nuevo. Este individuo ya fue condenado en el 2016 por un delito de agresión sexual a un año de cárcel.

Alejamiento

El tribunal impuso también al condenado la prohibición de aproximarse a una distancia no inferior a 500 metros de su ex pareja, su domicilio, lugar de trabajo o lugares que esta frecuente y la prohibición de comunicarse con la misma por cualquier medio o procedimiento, todo ello, por el período de once años, que coincide con el tiempo de condena impuesta a Arkaitz. La sentencia sí difiere, de lo solicitado por la Fiscalía y la acusación particular, en la cantidad a abonar en concepto de responsabilidad civil. La propia resolución lo deja muy claro al recordar que ambas acusaciones solicitaban 10.000 euros por daño moral. El fallo lo rebaja a 2.500 euros y lo argumenta de la siguiente manera: «En supuestos como el de autos, la existencia del daño moral resulta de la importancia del bien jurídico protegido y de la gravedad de la acción que lo ha lesionado criminalmente; no derivando de la prueba de las lesiones materiales, sino de la significación espiritual que el delito tiene con relación a la víctima».

Ya sobre el supuesto enjuiciado, atendiendo al daño en la dignidad y autoestima producidos, «al carácter vejatorio de los actos correspondientes tanto a la concreta agresión sexual como a las agresiones físicas sufridas por la víctima desde la madrugada del 18 de noviembre y al indiscutible impacto psicológico que acciones como las llevadas a cabo por el encausado dejan en las víctimas de violencia de género, el tribunal considera ajustada a las circunstancias concurrentes la suma de 2.500 euros que deberán ser abonados por el encausado».