Conceden una pensión vitalicia a la cajera de un hipermercado con dolor generalizado y fatiga intensa en Vigo
VIGO
La Seguridad Social se opuso porque decía que la empleada aún podía trabajar en otro oficio pero la Justicia gallega le responde que no se le puede exigir un esfuerzo de adaptación
18 feb 2026 . Actualizado a las 13:41 h.Una cajera y reponedora de los supermercados Auchan (antes Alcampo) de Vigo ha logrado la invalidez permanente absoluta (que la incapacita para ejercer cualquier oficio) pese a la oposición de la Seguridad Social. La Justicia gallega admite que la trabajadora tiene dolor generalizado, fatiga intensa y persistente y alteraciones psíquicas que comprometen la atención, el ritmo y la tolerancia a las exigencias laborales. «No es exigible a la beneficiaria un esfuerzo de adaptación incompatible con su estado clínico ni una capacidad residual meramente teórica», dice la sala.
La trabajadora comenzó la baja en el 2022 y agotó el plazo máximo de incapacidad. Tras ser examinada por un equipo de valoración de la Seguridad Social, la mujer obtuvo la incapacidad permanente total. La beneficiaria se opuso porque sus dolencias le inhabilitaban para cualquier profesión, no solo la de cajera. Se apoyó en informes del Sergas y del EVI, pero la Seguridad Social se negó a concedérsela porque no se podía confundir la dificultad o penosidad con la imposibilidad laboral.
El Juzgado de lo Social número 4 de Vigo condenó a la Seguridad Social a otorgarle la incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad común. El magistrado afirmó que la cajera presentaba un cuadro clínico de carácter crónico y persistente, con afectación tanto física como psíquica, que comprometía de manera relevante la capacidad de concentración, la resistencia al esfuerzo, la continuidad en el rendimiento y la tolerancia a las exigencias mínimas de cualquier actividad laboral.
El INSS apeló en la sala de lo social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que en una sentencia del 8 de enero del 2026, vuelve a dar la razón a la trabajadora. «Resulta inviable el desempeño de cualquier actividad laboral con un mínimo de eficacia y desempeño. Las dolencias acreditadas, consideradas de forma conjunta y no aislada, determinan una situación de inhabilitación real para todo trabajo».