Un vigués se libra de pagar mil euros por daños en una casa tras tirar cohetes en Año Nuevo

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO

Oscar Vázquez

El juzgado archiva el caso al considerar que se trató de una imprudencia no constitiva de delito

30 oct 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

Un vecino de Vigo no ha logrado que la Justicia investigue la procedencia de unos artefactos pirotécnicos sin explotar recogidos en su casa durante la noche de Año Nuevo y que dañaron su propiedad por valor de mil euros. El Juzgado de Instrucción número 1 archivó la denuncia al considerar que se trataba de un hecho imprudente y que es más que dudoso que sea penal. Por otro lado, no se podía atribuir la autoría de los hechos denunciados a persona o personas determinadas que tampoco menciona la denuncia.

El mismo criterio ha seguido la quinta sección de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo. En un auto del 17 de julio del 2025, mantiene el archivo y desiste de investigar más.

El afectado en el incidente cifró el presupuesto de reparación de los daños en 1.016 euros. Pidió la identificación de la empresa vendedora de los artefactos, pero la Audiencia Provincial le responde que, entonces, lo más que podría es identificar a las personas a las que vendió artefactos pirotécnicos en esas fechas, pero no quién fue la persona que utilizó los concretos artefactos que impactaron sobre la construcción del denunciante. La Audiencia tiene presente que, como se infiere de la denuncia, los artefactos pirotécnicos se habrían lanzado con motivo de la entrada del Año Nuevo.

Y respecto a los ocupantes de la vivienda situada frente a la construcción del denunciante, que no son siquiera identificadas ni en la denuncia ni en los recursos que se presentaron, el tribunal provincial subraya que, cuando el afectado relata los hechos a la Policía Local, confiesa que él no presenció lo ocurrido ni puede aportar algún testigo porque reside en otra vivienda de la misma calle y que no vio nada. Tampoco conoce a nadie que hubiera presenciado la situación o el percance con el cohete en la fiesta de Año Nuevo. 

Imprudencia grave

La sala de la Audiencia añade que el hecho de que no se siguieran las recomendaciones estipuladas para el lanzamiento de los artefactos constituiría una imprudencia y los daños por imprudencia grave solo son constitutivos de delito cuando su importe exceda de los 80.000 euros. No era el caso que había sobre la mesa. Por tal motivo, archiva el caso.