El Concello de Vigo considera ilegalizable el local de copas y la discoteca del Palacio de la Oliva

alejandro martínez VIGO / LA VOZ

VIGO

XOAN CARLOS GIL

El informe de la Gerencia de Urbanismo señala que el inmueble del Casco Vello «non dispón do título habilitante para o inicio de calquera actividade»

22 nov 2023 . Actualizado a las 00:12 h.

Actividades recreativas y socioculturales, pero nada de música. El Palacio de la Oliva ha venido ejerciendo una actividad para la que nunca podrá tener autorización del Concello de Vigo. No solo la discoteca que se encuentra en el sótano, sino también del local de copas que da a la calle, a pesar de que la concejala de Urbanismo manifestó recientemente en una grabación enviada a los medios de comunicación que solo había decretado la clausura de la discoteca.

Un informe del arquitecto municipal señala que las actividades del pub y la discoteca del Palacio de la Oliva «no son legalizables» por tratarse de usos prohibidos en el ámbito del Plan Especial (Pepri) del Casco Vello. La concejala de Urbanismo firma una resolución en la que ordena a la mercantil Getting Back Stones «o cese de toda actividade que se ven desenvolvendo no establecemento, sen que conste o preceptivo título habilitante urbanístico». Según dicho expediente, «na data de hoxe, o establecemento non dispón do título habilitante preceptivo para o inicio de calquera actividade».

La ley dispone que la presentación de una comunicación previa que cumpla todos los requisitos exigidos habilita desde el mismo momento de presentación para el inicio de la actividad o la apertura del establecimiento. Esto no sucedía en el Palacio de la Oliva porque «toda que a edificación nen sequera contaba coa licenza de primeira ocupación e o impreso normalizado establecido na ordenanza municipal reguladora da tramitación de licenzas urbanísticas non estaba completo, sen que a data de hoxe conste respostada a mesma», según expresa la resolución de orden de suspensión de la actividad e inicio del procedimiento de restauración de la legalidad urbanística.

Las únicas actividades que podrían ejercerse son las señaladas en la licencia municipal de actividad concedida por una resolución de la concejala de Urbanismo, como es el caso del restaurante. El expediente urbanístico se basa en los partes de la Policía Local por los ruidos e incumplimientos en horario nocturno, no ajustándose a un uso social y recreativo. Consultados los archivos, no consta ninguna licencia para las actividades de café bar con música y de discoteca. Existe una licencia de primera ocupación para uso socio-cultural y recreativo: actividades de restaurante, cafetería, bar, salas de presentaciones, exposiciones y conferencias.

Quejas vecinales

El ruido en horario nocturno de las instalaciones del antiguo inmueble histórico rehabilitado provocaron numerosas quejas vecinales. Así lo reflejó la Policía Local en diversos partes. En una ocasión se entrevistaron con el gerente del negocio e hicieron constar que este «se hizo el remolón» cuando la policía le pidió la licencia de actividad. Primero les presentó una licencia de rehabilitación del edificio y después una declaración responsable presentada en la Xunta de Galicia en la que cual venía recogido que la actividad para la que tienen autorización es la de restauración. Por ese motivo, los agentes le pidieron que apagase la música que se encontraba sonando.

En otra inspección tras la llamada de un vecino, los policías comprobaron también que la entrada carece de una doble puerta para atenuar los ruidos que salen a la calle. El responsable del negocio indicó que tenía intención de instalar una cortina que hiciera esas funciones. Los agentes también han puesto en conocimiento de la Agencia de Protección de Datos la existencia de cámaras apuntando a la calle y a la Xunta que los porteros no llevaban una acreditación visible.