El juez inhabilita a la alcaldesa de O Porriño para ejercer como abogada durante seis meses por deslealtad profesional

Monica Torres
Mónica Torres O PORRIÑO

VIGO

Oscar Vázquez

La Audiencia Provincial la condena pero la regidora ha presentado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo y apela a la presunción de inocencia ya que no es una sentencia firme

17 dic 2020 . Actualizado a las 21:19 h.

 La sección cuarta de la Audiencia Provincial ha condenado a la alcaldesa de O Porriño, Eva García de la Torre, como autora responsable de un delito de deslealtad profesional por imprudencia grave a seis meses de inhabilitación para el ejercicio de la abogacía y a otros tantos días de multa a razón de 6 euros por jornada. Esta sentencia, contra la que cabe ahora cabe recurso en casación, es el resultado del proceso judicial que entablaron los vecinos de la urbanización Pousa do Bispo, de Tui, en el 2017 cuando denunciaron a la ya regidora, que como letrada les representó en el 2015 contra la promotora que dejó sin rematar este complejo residencial. El Ministerio Público fue quien recurrió una sentencia previa que en diciembre del 2019 absolvió a Eva García de la Torre de los delitos de falsedad documental y de deslealtad profesional por los que los vecinos la denunciaron tras recibir un documento falso a través de su correo electrónico. Esa documentación pretendía acreditar que había iniciado la demanda para que se ejecutara la sentencia del juzgado de Tui por la que los vecinos ganaron el pleito contra la promotora de su urbanización siendo ella su letrada, en el 2015.

El Ministerio Fiscal no alegó contra la absolución del delito de falsedad documental «por ser inocua al no haberse producido la entrada en el tráfico jurídico del documento oficial transmitido a terceros», aunque dejó patente que no compartía el razonamiento. Sí recurrió la parte del delito de deslealtad profesional, por el que pidió seis meses de multa a razón de 6 euros al día, como recoge esta nueva sentencia de la Audiencia Provincial, con fecha del 27 de noviembre del 2020 y la inhabilitación especial para su profesión por dos años, que el fallo limita a seis meses «en coherencia con la petición realizada respecto de la multa en su escala mínima, no acreditándose circunstancias que autoricen una mayor agravación.

Eva García de la Torre ha avanzado a La Voz que ha recurrido esta sentencia ante el Tribunal Supremo. La alcaldesa recuerda que con anterioridad a este recursos había dos sentencias que la exculpaban de cometer ningún delito. «Entiendo que este pronunciamiento de la Audiencia Provincial se basa en ese mismo documento en el que se considera que yo no lo he realizado y, por lo tanto creo que me asiste todo el derecho a impugnar esa sentencia y la he recurrido ante el Tribunal Supremo, en casación», ha indicado. La regidora considera que «en su momento, el Tribunal Supremo acogerá este recurso, anulará la sentencia y me declarará inocente de todos los cargos que se me imputan». «Creo que me asiste el derecho a la presunción de inocencia y que, hasta que esta sentencia no sea firme, no se puede hacer una valoración ni política ni jurídica del asunto toda vez que estamos hablando de una cuestión que no tiene nada que ver con mi actividad profesional, que se circunscribe al ámbito privado de mi actividad profesional y también considero que si yo no tuviera el cargo que tengo en estos momentos, este asunto no habría llegado tan lejos, que no habría sido ni acusada ni juzgada», indica la regidora.