Privan a un vigués de la patria potestad de su hija biológica por abusar de su hijastra

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO

A la derecha, en una foto de archivo, la sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, donde se dictó la sentencia ahora recurrida
A la derecha, en una foto de archivo, la sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, donde se dictó la sentencia ahora recurrida PACO RODRÍGUEZ

El implicado había sido condenado a once años y mes de cárcel por los tocamientos a la hija de su novia mientras la otra niña, de cinco años, dormía. Tendrá que pagar 22.000 euros más

26 oct 2020 . Actualizado a las 19:43 h.

La sala de lo civil y penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha privado a un vigués de la patria potestad respecto a su hija biológica tras ser condenado por abusar de su hijastra entre el 2017 y 2018. Además, el obligan a pagar casi 22.000 euros más de indemnización.

El  implicado fue condenado a once años y un mes de cárcel por la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, porque abusó sexualmente de forma continuada de la hija menor de edad de su esposa. La madre tiene dos hijas, unas de ellas, que entonces tenía cinco años, en común con el acusado, que es respecto a la que ha perdido ahora la patria potestad. Las niñas dormían en la misma habitación y otros dos hijos de la esposa, en otro cuarto. El padrastro se quedaba a dormir en el cuarto de las niñas por costumbre y empezó a abusar de la mayor mientras la pequeña dormía al lado.

El alto tribunal ha estimado en parte el recurso presentado contra la sentencia de la Audiencia por la madre de las dos menores y la Fiscalía.

El TSXG destaca que los abusos sucedieron en presencia de la hija del acusado, pues dormía en la misma cama que su hermanastra, «y durante un considerable lapso de tiempo que, en el mejor de los casos, posibilita que la menor pudiera apreciar lo que ocurría». El tribunal recuerda que la patria potestad implica, entre otros aspectos, «velar por los hijos, educarlos y procurarles una formación integral». Por ello, considera que los hechos declarados probados en la sentencia son «incompatibles con el ejercicio de la patria potestad».

El TSXG también ha aumentado de 15.400 a 37.198 euros la indemnización que debe abonarle a la víctima. «Se trata de hechos muy graves, que han sido resignadamente soportados durante mucho tiempo y cuya reparación, a estas alturas, no tiene otro componente que la compensación moral que se corresponda con una indemnización que proceda de tales elementos», explican los jueces.