Las normas de piscinas no se mojan con el toples

La Voz REDACCIÓN / LA VOZ

SOCIEDAD

ROI FERNÁNDEZ

Las administraciones competentes requieren que se lleve ropa de baño, pero no especifican nada más

08 sep 2018 . Actualizado a las 18:32 h.

Ocurrió en Teo el pasado 22 de agosto. Una joven de Redondela tuvo que salir del agua después de que la socorrista que controlaba la piscina municipal la invitase a que abandonara el medio acuático por cuestiones de higiene. Y no fue porque la mujer no pasara antes por la ducha, fue porque estaba disfrutando de la instalación en toples. Tras presentar una reclamación, desde el concello atendieron sus demandas: devolverle el precio de la entrada, que cualquier mujer pueda bañarse solo con la parte de abajo del bañador y una disculpa. De hecho, fue el propio concejal responsable de la instalación el que le rogó perdón y aclaró que no había ninguna ordenanza que regulara cómo había que ir vestido para zambullirse.

Pero parece que Teo no es el único concello cuyas normas de uso de las piscinas públicas no se mojan de modo expreso con el toples. Desde la Dirección Xeral de Deportes, responsable de varias repartidas por toda la comunidad, apuntan que «cada instalación ten o seu propio regulamento de réxime interno, polo que cada espazo deportivo conta coas súas peculiaridades e as súas normas en canto á vestimenta, pero en todas as nosas piscinas existe a obrigatoriedade de bañarse con bañador, do mesmo xeito que o gorro é obrigatorio en piscina cuberta». La pregunta es: ¿puede entenderse como bañador la parte de abajo del bikini? Esa es la cuestión, que diría Watson.

Sobre el asunto dicen desde el concello de Ourense que para usar las piscinas que dependen de su gestión «é obrigatorio o uso de roupa de baño, aínda que sen especificar concretamente bañador, biquini, triquini…». Añaden, además, que «a normativa tamén permite que poidan desfrutar das instalacións persoas que, por exemplo, empreguen os traxes de baño musulmáns, que tapan case todo o corpo. O que queda expresamente prohibido é entrar na auga con roupa de rúa ou espido». En una línea parecida es la normativa que rige en el concello de Santiago. La normativa relativa al Complexo Deportivo Santa Isabel y del Multiusos Fontes do Sar en relación a la piscina de verano apunta que «é obrigatorio o uso do bañador, gorro de baño e chancletas. Prohíbese a entrada con roupa de rúa». Pero nada más.