La reforma de la Ley de Seguridad Vial entra en vigor antes del inicio del puente
02 dic 2007 . Actualizado a las 03:08 h.Desde hoy, la conducción temeraria se penará con la cárcel tras la publicación ayer en el Boletín Oficial del Estado de la reforma del Código Penal en materia de seguridad vial. La intención del Gobierno era que las nuevas medidas se aplicasen coincidiendo con el inicio del puente, pero se han adelantado tres días. La normativa también establece los límites a partir de los que se castigará con la cárcel la conducción bajo los efectos del alcohol y de las drogas. La reforma, aprobada el pasado 22 de noviembre en el Congreso con el respaldo de todos los grupos salvo el PP, establece penas de cárcel para aquellos conductores que superen en 60 kilómetros por hora la velocidad permitida en vía urbana o en 80 el límite en las vías interurbanas. Así, conducir por encima de los 200 kilómetros por hora en autovía, los 180 en carretera convencional y los 110 en vía urbana puede ser castigado con penas de tres a seis meses de prisión o trabajos en beneficio de la comunidad, que será lo que soliciten los fiscales en los casos en los que la infracción no tenga resultados graves y el conductor no sea reincidente. Además se perderá el permiso de conducir por un tiempo mínimo de un año y un máximo de cuatro. Con la misma pena se castigará a quien conduzca bajo la influencia de las drogas, con una tasa de alcohol espirado superior a 0,60 miligramos por litro o una tasa de alcohol en sangre superior a los 1,2 gramos por litro. También conlleva una pena de seis meses a un año de prisión el hecho de negarse a hacer las pruebas de alcoholemia o consumo de drogas, así como la retirada del permiso entre uno y cuatro años. El que conduzca con «temeridad manifiesta» y ponga en peligro la vida de los demás será castigado con penas de prisión de seis meses a dos años y privación del permiso de conducir por tiempo superior a un año, con un máximo de seis.