El Gobierno rectifica y pone trabas a la custodia compartida en divorcios

SOCIEDAD

GUSTAVO CUEVAS

El Consejo de Ministros modificará este viernes el anteproyecto presentado hace dos meses Las asociaciones de mujeres presionan para mantener la alegación de causa si no hay acuerdo

22 nov 2004 . Actualizado a las 06:00 h.

El Gobierno ha modificado sustancialmente la reforma de la ley de divorcio que presentó hace apenas dos meses. El proyecto definitivo que el Consejo de Ministros aprobará este viernes introduce importantes restricciones a la posibilidad de que el juez pueda imponer a la pareja la custodia compartida de los hijos, uno de los temas que más polémica suscitó al conocerse el anteproyecto. En la nueva redacción de la ley, esa custodia compartida sólo podrá ser decidida por el juez si existe un informe previo en ese sentido del ministerio fiscal y se considera que beneficiará exclusivamente a los hijos. Además de estas restricciones, el juez deberá escuchar antes de tomar esa decisión a los hijos mayores de doce años y a los menores que tengan juicio suficiente. Las modificaciones son fruto de la presión de las organizaciones feministas, de mujeres separadas y de víctimas de maltrato. De hecho, en la nueva ley se expresa ahora la imposibilidad de conceder la custodia compartida cuando existan precedentes o causa abierta de malos tratos o violencia contra la mujer o hijos. El Gobierno se vio sorprendido por las fuertes protestas de las asociaciones de mujeres cuando anunció la reforma. Ese malestar chocaba con la disposición del Ejecutivo a discriminar positivamente a la mujer en otras cuestiones como los malos tratos, postura encabezada por la vicepresidenta del Gobierno María Teresa Fernández de la Vega y que ha acabado por imponerse. Aunque el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, no lo confirmó ayer, las asociaciones de mujeres presionan también para que no se elimine la posibilidad de alegar una causa para el divorcio. En este punto, las asociaciones de mujeres coinciden con el Consejo General del Poder Judicial, que elaboró un informe en el que se calificaba de «aberración jurídica» el divorcio sin causas. De aceptarse esta postura, en el nuevo texto sólo se eliminará la necesidad de alegar una causa en aquellos divorcios en los que exista mutuo acuerdo, pero sí podrá alegarse por una de las partes cuando existan desavenencias y deba celebrarse un juicio. Esta modificación afectaría a la la rapidez de los divorcios en los que no haya mutuo acuerdo, aunque el Gobierno considera que cuando no existan diferencias se podrán resolver en dos meses y, en casos muy excepcionales, en diez días, con lo que se mantiene uno de los más llamativos anuncios hechos cuando se presentó el anteproyecto.