La altura de los edificios determinará en parte la implantación de pisos turísticos en varias zonas de Santiago

La Voz SANTIAGO / LA VOZ

SANTIAGO

PACO RODRÍGUEZ

El Ayuntamiento aprobará esta mañana la modificación puntual del PXOM que regulará los usos en la ciudad para esa nueva modalidad de alojamiento

12 mar 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

La corporación aprobará hoy de forma inicial la modificación puntual del Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) para introducir una nueva regulación de usos a raíz de la rápida implantación de viviendas de uso turístico, una modalidad de alojamiento temporal que no existía en la ciudad cuando se aprobó dicho planeamiento. Aunque el Concello aprovechará la ocasión para ajustar cuestiones alteradas por leyes ulteriores y para precisar la definición de algunos conceptos que han llevado a confusión en el pasado, la esencia de la modificación está en la introducción de normas urbanísticas que controlen y regulen la implantación de las viviendas turísticas, con el fin de asegurar un equilibrio que no distorsione ni ponga en riesgo la preeminencia del uso habitual de vivienda en las ordenanzas de carácter residencial.

Y parece que ese control en las zonas de mayor presión (las denominadas zonas sensibles) no se hará tanto por un veto expreso (salvo en el casco viejo, donde sí existe una prohibición directa) como por los requisitos para su implantación. Y entre estos impera la ubicación del piso dentro del propio inmueble, pero también la altura de la edificación. El plan no prohibirá expresamente los pisos turísticos, salvo en la ordenanza de ciudad jardín y en la de núcleo rural (en este último caso los admite en edificio exclusivo­­), pero sí identifica buena parte de la ciudad consolidada como zonas sensibles, aquellas en las que se entiende que el equilibrio entre el uso de vivienda y los compatibles (como sería el uso turístico) está en riesgo o pueda tener consecuencias imprevistas sobre determinados bienes que se quieran proteger.

En esas zonas podrán instalarse pisos turísticos, pero solo en planta baja cuando el uso previo autorizado para esa planta sea el de vivienda (o en la primera si debajo no es posible el uso residencial) y siempre que el edificio tenga una determinada altura (B+5 para su implantación en la planta baja y B+6 para la primera planta).

Al contrario que el presupuesto municipal, este punto llega al pleno sin incertidumbres. El PSOE cuenta al menos de partida con el apoyo de CA. La modificación llega al filo del vencimiento de la moratoria de un año (finaliza el día 17) para la concesión de licencias.

Se permite el hospedaje en viviendas como apoyo a la economía colaborativa

 

 

El planeamiento admitirá el hospedaje turístico por habitaciones en cualquier punto de la ciudad (sin limitación por zona ni por posición en planta) siempre que se acredite la vinculación del uso de hospedaje con el de residencial permanente del inmueble. Eso abre la puerta al alquiler por cuartos en la vivienda habitual del propietario o a que se pueda alquilar en su totalidad (por un número de días limitado al año) fuera de los meses de alquiler tradicional o durante las vacaciones del residente habitual, con vocación de contribuir a la economía colaborativa.