El TSXG devuelve a la adjudicataria inicial la gestión de la escuela de Calo

SANTIAGO

06 ene 2010 . Actualizado a las 02:00 h.

La gestión de la escuela infantil municipal de Calo volverá a manos de la empresa Aurora, Pilar y Ana S.L, a la que el Ayuntamiento de Teo adjudicó la gestión del servicio en el año 2004. En estos momentos, y desde el año 2008, Ana Naya S.L, es la actual encargada de la guardería tras haber ganado un proceso judicial que anulaba la adjudicación de cuatro años antes. La sentencia que devuelve a Aurora, Pilar y Ana S.L. la gestión de la guardería municipal de Calo data de noviembre del 2009 y corresponde al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que tras casi seis años de litigios cruzados entre ambas empresas emitió un fallo contra el que ya no cabe recurso alguno.

La sentencia del TSXG implicará, con toda probabilidad, que la adjudicataria inicial del servicio recupere la gestión de la escuela infantil de Calo antes de que expire el contrato. La ejecución de este fallo debe llevarla a cabo el Concello teense, una administración que tuvo conocimiento del dictamen judicial por información de las partes y que ahora espera recibirlo por conducto oficial.

Galimatías judicial

Este proceso judicial no supone nada nuevo para el Ayuntamiento teense, que está curado de espantos en lo que a este conflicto se refiere, ya que con trece meses de diferencia ha visto como el juzgado de lo contencioso administrativo de Santiago anulaba la adjudicación inicial del contrato de la guardería teense a Aurora, Pilar y Ana S.L. y le ordenaba a entregar la gestión del centro a Ana Naya S.L, una operación que ahora deberán repetir, pero a la inversa.

El primer cambio de gestión se llevó a cabo en febrero del 2008 tras un acuerdo que permitió que la plantilla que estaba trabajando en el centro educativo de Calo siguiese haciéndolo como personal de la nueva adjudicataria. Un año después, el juzgado emitía un fallo en sentido contrario al anterior, dándole la razón a las primeras adjudicatarias y basándose en que había un defecto de forma en una fase de este farragoso procedimiento. Este auto fue recurrido por Naya ante el TSXG, que lo rechazó, convirtiendo la sentencia en inapelable.