La limitación de usos del edificio de la Sala Yago determinará su futuro

Concha Pino SANTIAGO

SANTIAGO

ÁLVARO BALLESTEROS

El Plan Especial lo incluye dentro de las actividades recreativas privadas y culturales Cualquier intervención en esta propiedad ha de someterse a las normas de la zona viejaLa catalogación afecta a la estructura interna y externa y a elementos como las escaleras

16 may 2007 . Actualizado a las 07:00 h.

El inminente cierre de la Sala Yago ha suscitado reacciones que claman por su salvación como un espacio público. Pero lo cierto es que el edificio que ocupa los números 51, 53 y 55 de la Rúa do Vilar es una propiedad privada con la que, como aseguró la concelleira de Casco Histórico e Rehabilitación, Mercedes Rosón, van a ser muy rigurosos en cuanto a los usos y el valor patrimonial. El inmueble está en el ámbito del Plan Especial de Protección e Rehabilitación da Cidade Histórica, está catalogado y sometido a las estrictas ordenanzas, que lo tipifican como equipamiento sociocultural y establecen como uso previsto el recreativo privado, y como uso tolerado el de vivienda en la última planta. El uso recreativo que define el Plan Especial comprende actividades de ocio y recreo, pero marca como prioridad su carácter cultural, y concreta que serán «teatro, cine, circo, espectáculos, música, etc., que necesiten espacios especializados para o seu desenrolo». Dice que el uso de salas de reunión es compatible en la planta baja, «coa excepción das discotecas, salas de festa e de baile, clubs nocturnos, casinos e demais locais onde se practiquen xogos de azar». El nivel de protección afecta a su estructura horizontal y vertical, escalera y organización interna. No pueden alterar sus balcones, galerías ni fachada, elementos catalogados al igual que el enrejado, cornisas, recercados, cubrebajantes, perpiaño de su fachada y los muros.