El Ayuntamiento alega que la gestión de las multas no vulnera la Ley de Datos
SANTIAGO
Acudirá a la vía contencioso-administrativa si el Estado rechaza los argumentos remitidos a Madrid Señala que hay un compromiso de seguridad en este proceso administrativo
25 nov 2003 . Actualizado a las 06:00 h.El Ayuntamiento considera que se actuó conforme a la legalidad en la gestión del cobro de las multas a cargo de la empresa Tribugest Gestión de Tributos S.A. Es la conclusión de las alegaciones municipales en respuesta al procedimiento de infracción contra la administración local por supuesta vulneración de la Ley Orgánica de Protección de Datos, que le remitió ayer a la Agencia Estatal de Protección de Datos. Aparte de algunos aspectos puramente formales, el informe del Concello pone de relieve que no hay «ninguna insuficiencia» en el contrato suscrito con la empresa Tribugest, ni se vulnera la legalidad vigente en materia de protección de datos. El citado contrato incluye, según Raxoi, las prescripciones técnicas particulares y va asociado al pliego de condiciones «onde están recollidos os requisitos que se deben cumprir no tratamento de datos de terceiros». Recalca el concejal de Facenda, Xaquín Leiceaga, que la empresa adjudicataria de las multas actúa bajo el control, la inspección y las instrucciones del Ayuntamiento. A tenor de ese marco de actuación legal, los datos de los sancionados no pueden ser utilizados para fines distintos al trámite administrativo del cobro de las multas ni pueden ser comunicados a nadie fuera de las instancias administrativas. Fichero Adjunto a las alegaciones, el Concello aporta documentación propia que garantiza la seguridad en el uso de los datos particulares, junto a un documento en ese mismo sentido de la empresa Tribugest, que forma parte del compromiso adquirido con el Ayuntamiento. Los abogados municipales, según Leiceaga, aseguran que el tratamiento de los datos personales que obran en el departamento de gestión de multas reúne las mismas medidas de seguridad que las que se adoptan en las demás dependencias administrativas del Ayuntamiento. Un factor que el concejal de Facenda considera relevante, y que figura reflejado en las alegaciones remitidas a Madrid, es que los ficheros de gestión tributaria están inscritos y publicados en el registro oficial de la Agencia de Protección de Datos. «Por tanto, cumprimos os requisitos da Lei Orgánica de Protección de Datos», subraya Fernández Leiceaga. Tras el envío de las alegaciones a la Agencia estatal, las autoridades compostelanas son optimistas en torno a una resolución positiva para el Ayuntamiento. Consideran que no hay motivos para culminar el expediente sancionador abierto. Reitera Leiceaga que el pliego de condiciones forma parte «indisoluble» del contrato con Tribugest, y resalta que esta actuación «é unha práctica común a todas as administracións». En todo caso, si la resolución de Madrid es contraria el Ayuntamiento, éste acudirá al tribunal contencioso- Administrativo.