El Código Penal establece penas de entre 10 y 15 años por este delito González Alén aguarda en la cárcel pontevedresa por la sentencia del caso del asalto a una ITV
13 nov 2002 . Actualizado a las 06:00 h.A Medio año después de que Alfonso González Alén, de 37 años, supuestamente hubiese degollado a su amigo y compañero de celda Jose Antonio Topa Afonso en la prisión de A Lama, la Fiscalía de Pontevedra, según trascendió ayer, ha calificado este suceso como homicidio. Según diversas fuentes consultadas, el ministerio público entiende que en este caso no se dieron ninguna de las tres circunstancias que podrían determinar una calificación de asesinato. Así, González Alén, siempre según la apreciación de la Fiscalía, no se ensañó con el fallecido ni sacó provecho económico de la muerte de José Antonio Topa. Por último, en el crimen no se habría cometido con alevosía, ya que, en principio, la muerte sobrevino en el transcurso de una reyerta en la que el recluso fallecido se pudo defender de la acometida del procesado. Las mismas fuentes consultadas señalaron que, si no media la aplicación de ninguna circunstancia modificativa de la condena, el Código Penal establece para los delitos de homicidio una pena que va de los 10 a los 15 años de prisión. El caso Sobre las seis de la madrugada del pasado 8 de mayo, funcionarios del centro penitenciario de A Lama, alertados por unos ruidos, acudieron al departamento de ingresos y salidas donde los dos reclusos esperaban ser trasladados a O Porriño para comparecer en el juzgado que investiga el secuestro de una pareja de novios de Salceda de Caselas, delito por el que fueron detenidos el 20 de marzo. En la celda, en medio de un gran charco de sangre, los empleados públicos hallaron el cadáver de José Antonio Topa. Un profundo corte desde la oreja izquierda hasta la tráquea le había seccionado la yugular. El arma: cinco cuchillas de afeitar cosidas a un trozo de plástico de un recogedor de basura. El escenario mostraba, según indicaron en su día fuentes próximas a la investigación, numerosos indicios de que se había producido una pelea. Precisamente, la constatación de esta hipótesis que descarta que el fallecido hubiese sido sorprendido por el procesado es una de las argumentaciones de la Fiscalía para calificar este suceso como un homicidio. En la actualidad, González Alén permanece en la cárcel de A Lama a la espera de conocer la sentencia por el asalto en febrero de 1994 a la ITV de Barro, un suceso en que también habría participado Topa Afonso y por el que el fiscal solicitó una pena de seis años de prisión.