Piden al juez que reclame la presencia de la Xunta en el pleito del edificio judicial

p. s. ourense / la voz

OURENSE

Atribuyen «motivos puramente electorales» a la cesión y aceptación de los terrenos para la nueva edificación publica

08 may 2011 . Actualizado a las 06:00 h.

El contencioso que los expropiados ex titulares de los terrenos del futuro judicial mantienen con el Concello de Ourense, en contra de la actuación municipal al considerarse injustamente compensados, debería extenderse a la Xunta. En un nuevo recurso contencioso-administrativo, los demandantes piden expresamente al juez que «debería ser traída al proceso la Xunta de Galicia, por su aceptación de los terrenos a pesar de conocer la nulidad del PXOM y, en consecuencia, ser partícipe de los actos» presuntamente fraudulentos a que se refiere este recurso.

La anulación del plan general de urbanismo, como consecuencia de una sentencia del Tribunal Supremo del pasado 9 de marzo, cambia de forma significativa la situación, en relación con el panorama existente con anterioridad a ese fallo.

Al haberse anularse el plan «que legitimaba la expropiación y que servía de cobertura a la expropiación, desaparece la causa expropiandi y acarrea la nulidad del procedimiento expropiatorio, incluida la determinación del justiprecio», de acuerdo con la posición de los autores de esta reclamación, dirigidos por el letrado José Manuel García Sobado.

Contrario a derecho

Para los ex propietarios de estos terrenos, es llamativo que el Concello haya decidido solicitar la iniciación de los trámites para construir el edificio judicial pese a la «nulidad radical» del PXOM.

El ayuntamiento ha adoptado, según este escrito, «un acuerdo contrario a derecho al solicitar no ya la suspensión, sino que se lleven a cabo las obras». Pese a conocer aquella primera sentencia y dos más posteriores no han podido reparos ni el ayuntamiento ni la Xunta de Galicia «quizás por motivos puramente electorales, en contra de lo dispuesto judicialmente, de entregar uno y aceptar otro los terrenos».

Los demandantes estiman que el procedimiento se ha tramitado en fraude de ley por parte del Concello, al obras de acuerdo con un PXOM anulado, con la «intervención y colaboración de la Xunta en tales ilegítimos actos». Al ser este un caso de nulidad sobrevenida, por la anulación del ordenamiento urbanístico, la acción de la administración sería una vulneración de la Constitución, «cuando dice que los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico».

Igualmente, el letrado de los expropiados y demandantes estima que se están dejando de cumplir el principio general de la administración en cuanto a los principios de buena fe y confianza legítima.