La cuenta de los votos

Francisco Ríos Álvarez
Francisco Ríos LA MIRADA EN LA LENGUA

OPINIÓN

Nacho Gallego | EFE

22 jul 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

Cada vez que se celebra en España una jornada electoral como la de mañana hay a quien le asalta la duda de cuál es el nombre adecuado para aplicar a la ceremonia que sigue a las votaciones. Adelantamos que casi todos los que se emplean, al menos en la prensa, son aceptables, aunque algunos un poco más que otros.

El término que más recelos despierta por aquí es conteo, que es la ‘acción de contar’. Se utiliza al menos desde mediados del siglo XX, aunque, aplicado a sufragios, se ha venido usando sobre todo en la prensa hispanoamericana. En 1999, cuando aquí se celebraron elecciones al Parlamento Europeo, municipales y autonómicas, Lázaro Carreter ya advertía con cierta alarma de la importación del término, que calificaba de «feo». Lo cierto es que no hacía mucha falta.

Se discutía entonces la validez de recuento con los mismos fines. El rechazo, hoy bastante superado, venía de que su significado más inmediato era, y es, el de ‘acción y efecto de volver a contar algo’. Pero la validez del nuevo uso la refrendan el Diccionario del estudiante en recontar («Contar el número [de personas, animales o cosas] para asegurarse de su exactitud. Tras recontar los votos, el favorito se proclama ganador del concurso») y el María Moliner («Acción de contar los votos en una votación»). Enfrente, alguno de dudas ha manifestado su rechazo expreso a su empleo con ese sentido, y en algún medio de comunicación se limita actualmente a cuando el cómputo de votos se revisa y se vuelven a contabilizar los sufragios.

Hay unanimidad en la validez de cómputo con el sentido de ‘acción y efecto de contar’ cuando se trata de votos. Esa misma definición la da el Diccionario de cuenta y de contaje, sin mencionar explícitamente los sufragios. Sin embargo, esos dos sustantivos no tienen una presencia perceptible en las informaciones sobre los comicios. Quizá porque a quienes hablan de estas cosas les basta con recuento, cómputo y escrutinio. Este último es, entre otras cosas, el ‘reconocimiento y cómputo de los votos en las elecciones’, definición del Diccionario de la lengua española y del Diccionario del español jurídico. También es el sustantivo que elige la Ley de Régimen Electoral General, que en su artículo 95 detalla cómo debe desarrollarse ese acto, que mañana tendrá lugar en los miles de mesas electorales distribuidas por toda España.