¿Y la edad penal a los 16?

Manuel Fernández Blanco PSICOANALISTA Y PSICÓLOGO CLÍNICO

OPINIÓN

03 jul 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

El Gobierno ha sugerido recientemente la posibilidad de que el derecho al voto se pueda ejercer a partir de los 16 años. Independientemente del cálculo electoral que puede subyacer a adelantar 2 años el derecho al sufragio, esta posibilidad abre el debate sobre si a los jóvenes de 16 años se les supone la información y madurez suficiente para votar con responsabilidad.

Y esta es la cuestión clave: la responsabilidad. Lo que distingue a un niño de un adulto es precisamente la responsabilidad, no la edad cronológica. Por eso podemos encontrarnos con niños maduros y, cada vez más, con adultos que son niños o adolescentes eternos.

Actualmente, se hace cada vez más difícil encontrar un adulto de verdad. Sobre todo si consideramos a un adulto como aquel que se hace responsable de sus actos y de sus consecuencias, es decir, de sus decisiones y de la posición en la vida a la que lo conducen. Un adulto de verdad no se victimiza, ni atribuye al otro los problemas de los que es responsable. Si siguiéramos este criterio, casi habría que pensar más en retrasar la edad de derecho al voto que en adelantarla, aunque no serviría de nada: el simple paso de los años no garantiza que un sujeto inmaduro alcance la madurez.

En cualquier caso, y por la vía de los hechos, la edad adulta legal ya se está situando progresivamente en 16 años. Bajo la figura del menor maduro, a partir de los 16 años un adolescente puede tomar autónomamente decisiones sobre intervenciones médicas y sobre su salud sexual y reproductiva (incluido el derecho al aborto). Pronto podrá también, a los 16 años, elegir a voluntad (sin ningún tipo de tutela), su identidad de género. Si puede decidir sobre sí mismo en cuestiones fundamentales, ¿por qué no podría decidir sobre lo colectivo?

Esta tendencia al reconocimiento precoz de derechos, que parece imparable, no deja de participar de la lógica actual que favorece el acceso a todos los derechos, sin la contrapartida de las obligaciones. Aceptamos que, a partir de los 16 años, los jóvenes tienen madurez suficiente para decidir sobre cuestiones fundamentales de su vida y, ahora, se plantea la posibilidad de reconocerles la capacidad del ejercicio, se entiende que responsable e informado, del derecho al voto. ¿Estaríamos igualmente de acuerdo en rebajar la edad penal adulta a los 16 años? ¿Un joven de 16 años puede estar en condiciones de responsabilizarse del gobierno colectivo y, al mismo tiempo, no ser plenamente responsable de un acto criminal?