Derecho a una muerte digna. Una victoria sin descanso

Ascensión Cambrón PORTAVOZ EN GALICIA DE LA ASOCIACIÓN DERECHO A MORIR DIGNAMENTE

OPINIÓN

20 dic 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

La aprobación de la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE) es toda una victoria. Lo es para la causa defendida por Ramón Sampedro, Luis de Marcos, Maribel Tellaetxe, María José Carrasco y otros muchos cuyas familias han seguido reclamando el reconocimiento del derecho a morir sin sufrimientos y con dignidad. Victoria también de los movimientos sociales, que han hecho suya la reivindicación del derecho a la eutanasia, y con especial mención a la Asociación por una Muerte Digna de Galicia (DMD), que lleva 36 años solicitando su reconocimiento y luchando contra quienes se oponen también a la despenalización de la ayuda al suicidio. Con frecuencia, los opositores argumentan su negativa con principios de naturaleza teológica de imposible contraste empírico, aunque legítimos para sus fieles. 

La legalización de la eutanasia es una victoria también de los profesionales de la salud, porque este marco legal les permitirá conocer la expresa voluntad del paciente ante su enfermedad, lo que contribuirá a resolver los casos más complejos. Y, ante todo, es una victoria para la sociedad, porque la norma permitirá elegir libremente cómo morir. Es la libre disposición de voluntad individual, su fundamento moral, expresado como autonomía, sin cuyo respeto los seres humanos carecerían de dignidad. Parece que este sentimiento de aceptación lo ha interiorizado la población, que en sucesivas consultas de opinión se ha manifestado favorable al reconocimiento de la eutanasia.

Las personas vinculadas a la DMDG celebramos la aprobación en el Parlamento del derecho individual «a poner fin a nuestra vida cuando seguir viviendo solo proporciona sufrimientos». Esta iniciativa parlamentaria tenemos que agradecérsela al grupo político que promovió el anteproyecto de ley, pero también al resto de fuerzas políticas que lo han apoyado en su tramitación. Esta sintonía entre diferentes manifiesta que todos ellos comparten una convicción común: el valor del derecho a la libertad, principio moral que guía los comportamientos individuales (la elección de cómo morir: unos mediante la eutanasia y otros con cuidados paliativos). En segundo lugar, esta norma asentada en esa libertad justifica también su aplicación como principio ético-político, ordenador de la vida democrática.

En una sociedad plural, las normas jurídicas que introducen una permisión, como el derecho al divorcio, o a la interrupción del embarazo, no obligan a nadie a acogerse a ellas. Normas de este tipo permiten resolver situaciones difíciles sin dañar intereses ajenos y constituyen un procedimiento que hace más consistente el sistema democrático. Este es el caso de la ley de eutanasia que acaban de aprobar los parlamentarios, entre los que pueden figurar algunos que han votado a favor de la ley sin pensar acogerse a ella, ya sea por ideología o porque consideran que su salud no les habrá de fallar. En todo caso, después de pelear contra los argumentos de individuos e instituciones opuestos a esta demanda, la ley ha sido aprobada y merece que lo celebremos junto a las personas y fuerzas que lo han hecho posible.

La LORE facilitará a muchas personas acabar con sufrimientos irremediables de otro modo. No obstante, consideramos que la norma aprobada contiene algunas carencias y ambigüedades que deberán ser corregidas. Los procesos para acceder a ejercer este derecho son en gran medida burocráticos: el peticionario tiene que pasar por seis entrevistas con al menos cuatro personas distintas.

El mismo rasgo se observa atendiendo a la ambigüedad con la que se determinan los plazos («lo más breve posible», dice el texto). Asimismo, respecto a la Comisión de Evaluación y Control (CEC), sorprende que su nombramiento se atribuya solo a las autoridades autonómicas y sus funciones consistan en ejercer un doble control antes y después de aplicar la eutanasia. Constituyen requisitos que pretenden reforzar las garantías, cuando lo que se percibe en ellos es que contribuyen a dilatar el sufrimiento del enfermo.

Para una observadora imparcial, las funciones de esta Comisión contribuyen a fomentar los obstáculos, repitiendo entrevistas. Además, su caracterización resulta tan ambigua como peligrosa por las funciones oblicuas que las autoridades autonómicas les pudieran atribuir e, hipotéticamente, hasta para impedir que ningún solicitante de eutanasia pueda verla aplicada en su comunidad autónoma. De la lectura del proyecto de LORE se desprende además la desconfianza de la autoridad hacia las actuaciones de los facultativos. Y de forma más explícita, aparece reforzada la desconfianza sobre la voluntad libre de la persona solicitante. El articulado legal de esta norma, calificado de garantista, parece más bien restrictivo, tanto cuando precisa el universo de usuarios, excluyendo a los menores maduros y a los enfermos psíquicos.

Todo lo anterior manifiesta la satisfacción que nos produce el reconocimiento de este nuevo derecho individual a morir con dignidad. Es realmente una victoria, cuya aplicación necesita ser acompañada por las fuerzas sociales que han contribuido a su éxito. Y esto, porque el contingente beligerante es numeroso y poderoso, cuenta con poder en los medios de comunicación y en la estructura sanitaria y judicial. Todo ello exige realizar un seguimiento preciso y riguroso de la aplicación del derecho que la ley reconoce para que no lo conviertan en un derecho de papel.