Atendiendo a lo recogido en nuestro ordenamiento jurídico, no parece fácil resolver el pleito que enfrenta a Miguel Bosé y a su ex pareja, Nacho Palau, por la pretensión de este último acerca de que los dos hijos suyos y los dos del cantante sean declarados hermanos legalmente, y que los dos progenitores sean reconocidos padres de los cuatro, porque así fue como lo decidieron cuando acordaron su proyecto de familia. Al juzgador, a mi entender, no le ha quedado otra que denegar la acción de filiación. En España la relación de parentesco viene establecida por vía biológica o a través de la adopción, y en este caso Bosé no pudo adoptar a los que no eran sus hijos biológicos porque entre adoptante y adoptados existe una diferencia de edad de más de 45 años. De todas formas, la clave de este contencioso litigio es que la situación de los hijos de Bosé y Palau es harto complicada legalmente por el hecho de no existir jurisprudencia al respecto, ya que tener hijos recurriendo a vientres de alquiler está prohibido en España y el reconocimiento de la filiación de un hijo que viene al mundo por este método supone una importante inseguridad legal. Donde la ley quiso, dijo, por lo que el juez aplicó la estricta legalidad dejando un soplo de esperanza a una posible prosperabilidad de un recurso de apelación al reconocer que los dos padres decidieron fundar una familia única. Todo muy técnico-jurídico y pleito para largo. Cuando se resuelva, los niños ya no serán niños y tal vez hayan perdido el interés por verse. El despecho de unos padres es lo que provoca.