A Rafael Arriaza, del instituto médico que lleva su apellido, no le gustan los extremos ni la sobreprotección al menor. Defiende que los más jóvenes practiquen deportes siempre supervisados por sus padres, para que los vayan educando en los riesgos que entraña su práctica. Eso sí, prohibiría su participación en competiciones deportivas antes de los 16 años.
Mientras, Miguel Juane, presidente del Comité Galego de Xustiza Deportiva, defiende medidas para extremar la protección y la seguridad de los menores que practican deportes considerados de riesgo, como el motociclismo, limitando la potencia de las motos, entre otros.
Riesgo cero
La seguridad del menor en el deporte, un bien supremo
El principal problema que se suscita en relación a la participación de menores en deportes de riesgo es que, en muchas ocasiones, no se sabe si se busca verdaderamente el interés del menor, bien jurídico superior susceptible de protección; o si, por el contrario, se pretende la mayor conveniencia de sus progenitores.
Parece razonable pensar que los padres, madres o tutores perseguirán todo aquello que sea lo mejor para su hija o hijo, pero no siempre lo que ellos ansían es lo más conveniente para estos. Y cuando surge dicho conflicto, esa posible colisión de intereses entre los menores y sus progenitores debería ser resuelta por un tercero, que sea objetivo y vigile o tutele la más amplia protección para los más vulnerables, no solo por su edad, sino también porque son aquellos que más se exponen, tanto desde una perspectiva propiamente física como desde una vertiente pública. Sus actuaciones son observadas, analizadas y enjuiciadas por un número elevado de personas.
Desde una perspectiva estrictamente jurídica, configura la legislación española al Ministerio Fiscal como la institución encargada de la defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley. En su propio estatuto orgánico, se concreta esta responsabilidad al encomendarle a tal ministerio público la representación y defensa, en juicio y fuera de él, de quienes por carecer de capacidad de obrar o de representación legal, no puedan actuar por sí mismos, así como, promover y formar parte de los organismos tutelares que tengan por objeto la protección y defensa de menores y desvalidos.
La Ley Orgánica 8/2015, que nació para complementar la 1/1996 de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor, tiene como principal fundamento el interés superior del menor, que se traduce en que sus necesidades básicas se vean satisfechas, que su vida se desarrolle en un entorno familiar apto y libre de violencia y, también, que sus deseos, opiniones y sentimientos sean considerados para su bienestar psicológico y emocional.
Es probable que sin la precocidad en la práctica del deporte, sin el inicio temprano en ciertas disciplinas, muchos de estos participantes principiantes, no destacarían más adelante en el ámbito estrictamente competitivo, obteniendo títulos europeos o mundiales o medallas olímpicas, que tanta satisfacción y orgullo despiertan para sus conciudadanos. Pero, ¿resulta necesario poner en riesgo su integridad física, incluso sus vidas? Mi opinión es que no hasta ese extremo, que el éxito no puede obtenerse a cualquier precio, que deben potenciarse mecanismos más activos para la protección de los menores, como, por poner algunos ejemplos, el de limitar la potencia máxima de un motor del vehículo en el que participen (motociclismo, automovilismo, motonáutica, etcétera), adecuar y reducir la altura en deportes de saltos (esquí, hípica, trampolín…), dotarles de todas las medidas de seguridad que sean necesarias (cascos, arneses, equipaciones…), dotaciones con adecuados planes y medidas de seguridad de las instalaciones deportivas (circuitos, gimnasios, piscinas, terrenos de juego, pistas…).
La protección y la seguridad de los menores han de ser los bienes y los intereses supremos que habrá que tutelar y cuidar, por encima de cualquier éxito competicional.
Autor
Miguel Juane Presidente del Comité Galego de Xustiza Deportiva
Competición, no
Educar para evitar riesgos, pero sin sobreprotección
La muerte hace unos días del joven piloto Marcos Garrido, con tan solo 14 años, ha reabierto el debate sobre la conveniencia de permitir a menores la práctica de deportes de alto riesgo, pero es imprescindible tomar una cierta distancia a la hora de valorar este asunto. Vivimos una época de sobreprotección de los niños, en la que se acolchan las zonas de juego, vemos a pequeños con casco incluso en triciclo y patinando y, sin embargo, esta es también la época en la que tienen acceso a más actividades de riesgo: deportes de motor, skate, snowboard, submarinismo, escalada, descenso en bicicleta de montaña y un largo etcétera se combinan para ofrecerles situaciones de riesgo -habitualmente controlado- a cambio de lograr una dosis de emociones fuertes y diversión.
En la mayoría de las ocasiones, estas actividades comportan lesiones relativamente menores, como cualquier otro deporte, pero a veces, desgraciadamente, la velocidad o el medio hostil en el que se realizan pueden causar desgracias mayores o incluso fatales. ¿Deberíamos prohibir a los menores de edad la práctica de ciertos deportes? Bueno, esto podría ser una buena idea, pero ¿quién decide qué deportes son de alto riesgo y cuáles no? ¿Hasta qué edad no pueden practicarse? ¿Los pueden practicar los niños bajo la responsabilidad de los padres? ¿Estamos creando una generación de futuros adultos sobreprotegidos incapaces de asumir riesgos? Hay que tener en cuenta que evitar los accidentes es imposible y que, a veces, la mejor manera de lograrlo es que los niños sepan identificar el riesgo excesivo, para evitarlo o no entrar en pánico si se produce una situación de peligro. Pero también que -hasta una edad cercana a los 14 o 15 años- su percepción del peligro no es realista y ello puede llevarlos a intentar hazañas imposibles. En general, creo que la mejor opción es acompañar a los niños a lo largo de su evolución en los deportes y actividades lúdicas (tanto me da que sea salir a nadar en una playa con cierta corriente como subirse a un árbol o pedalear en una bicicleta) tratando de educarlos en lo que se puede y no se puede asumir para mantener los riesgos bajo un control razonable, pero sin ser excesivamente sobreprotectores. Es mejor que vayan creciendo mientras aprenden lo que se puede y lo que no se debe hacer que tenerlos bajo un férreo control del que, no nos olvidemos, antes o después se nos van a escapar, porque en ese momento cometerán imprudencias. Los padres no podemos delegar en otros, sean entrenadores, amigos, o el Estado, esa responsabilidad, y todos debemos aceptar que como se puso de moda decir hace unos años, la vida es un deporte de riesgo en la que no podemos controlar todas las variables.
Mi opinión es que lo que se debe prohibir, al menos hasta los 16 años, es la competición con el único objetivo de ganar a toda costa, puesto que en ella es en donde se dan el mayor número de accidentes y se asumen los mayores riesgos. Lo demás es una cuestión de sentido común.
Autor
Rafael Arriaza Director del instituto médico Arriaza y Asociados
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