Nada más lejos de mi intención que dar clases de Derecho Penal al presidente de la Xunta. Me honro con ser compañero de promoción de Alberto Núñez Feijoo, y puedo dar fe de que siempre fue un alumno aventajado. Pero no debo dejar de corregirle respecto a su aseveración sobre que los siete ediles condenados en Santiago no son delincuentes. Nuestro Código Penal tipifica una serie de delitos, entre ellos el de prevaricación, por lo que, quien es condenado por cometer uno de ellos, es un delincuente. Semántica y técnicamente. O se es delincuente o no se es. En Derecho no cabe lo de ser tan solo un poco delincuente, pues conceptualmente tanto lo es un atracador de bancos como un prevaricador. Y máxime en el caso de los ediles compostelanos, ya que recogiendo el artículo 404 del Código Penal, la posibilidad de imponer penas de inhabilitación por tiempo de siete a diez años, fueron condenados a nueve, más cerca de la máxima que de la mínima. Comprendo que Feijoo tenga que mirar por los suyos, pero es imperdonable que un hombre de su talla política cometa semejante error. Según el más elemental diccionario de la lengua española, delincuente es el que delinque, y delinque aquel que comete alguna de las figuras delictivas recogidas en nuestro Código Penal. Blanco y en botella, leche.