Bicicletas y aceras

Gonzalo Ocampo
Gonzalo Ocampo EL RETROVISOR

OPINIÓN

10 may 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

Un cabal lector señala que puede darse cierta confusión en cuanto al uso compartido de las aceras por parte de viandantes y ciclistas en la Ley de Tráfico, que ayer entró en vigor. La nueva ley nueva contiene una sola referencia a la circulación de bicicletas y es la que fija los requisitos a cumplir por parte de los conductores de automóviles cuando quieran adelantar a un ciclo, a un ciclomotor o a un conjunto de ellos. Por lo demás, junto a esta puntualización, debe decirse que el texto de la precipitada ley mantiene viva y sin alteraciones su definición de acera: «Zona longitudinal de la carretera, elevada o no, destinada al tránsito de peatones».