En busca de una solución para Cataluña

OPINIÓN

04 oct 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

En todos estos años de vigencia de la Constitución no se había planteado la posibilidad de que Cataluña se erigiera en Estado independiente. Este dato ilustra de la trascendencia del paso que han dado CiU y ERC al impulsar unilateralmente un referendo por el derecho de los catalanes a decidir sobre la secesión. Si se han atrevido a proponerla es porque entienden que puede tener una acogida mayoritaria o, cuando menos, engordar el patrimonio para otra ocasión. En definitiva, un problema de primer orden en el que la desafección mutua dentro de la patria común atenta a la unidad de España aceptada por los nacionalistas mayoritarios, vascos y catalanes, en los debates constituyentes.

Frente a la solución de un Estado independiente se ha propuesto por el PSOE la configuración de España como un Estado federal que, no obstante, sea asimétrico. Además de la contradicción que encierra, no parece que esa solución resulte satisfactoria para quienes están reclamando la constitución de un Estado independiente. Por su parte, el PP no se muestra partidario de una reforma de la Constitución en ese sentido. La respuesta de Rajoy a la carta del presidente de la Generalitat alude al marco jurídico, que no puede ser otro que el de la Constitución.

Ese marco fue construido en un proceso durante el cual el anteproyecto de Constitución resultó modificado en puntos esenciales en cuanto a la cuestión autonómica. Los cambios aparecen en el informe de la ponencia de los padres de la Constitución después de examinar las enmiendas al anteproyecto y se refuerzan como consecuencia de las presentadas al informe, muchas de ellas in voce, consecuencia de las reuniones tenidas en despachos profesionales, de lo que soy testigo y actor. Figuran en las actas del Congreso de los Diputados, pero no se han visto o no se han querido ver por políticos y estudiosos.

La lectura que ha llevado a la generalidad uniformadora de las comunidades autónomas no se corresponde con lo escrito y aprobado en la Constitución, sino a lo que figuraba en el anteproyecto, en el que los llamados territorios autónomos tendrían consejo de gobierno y presidente, además de asamblea con potestad de aprobar leyes. En el informe de la ponencia se cambia el nombre por el de comunidades autónomas y no se reconocen asambleas legislativas con carácter general. Aparecen solo en el apartado 7 de una disposición adicional, enteramente nueva, que hace referencia a otros apartados relativos a las comunidades autónomas donde hubieran sido aprobados estatutos de autonomía por referendo -implícitamente, Cataluña, el País Vasco y Galicia, con una redacción que se afinaría después- y a las que superaran un arduo procedimiento.

La dificultad se ponía de relieve en que se exigía la solicitud de las cuatro quintas partes de los municipios que representasen al menos la mayoría de la población. Tal era la convicción de la dificultad que el Grupo Socialista presentó una enmienda, que fue aprobada, proponiendo reducir la proporción a las tres cuartas partes y concretando la mayoría a la del cuerpo electoral «en los términos que establezca una ley orgánica». Puede intuirse el interés electoral del PSOE en Andalucía, donde no llegó a cumplirse lo establecido en la ley. Las otras comunidades podían tener asambleas con poder normativo, no legislativo, en virtud de sus estatutos. Era un precepto abierto para que la solución de los contenciosos pendientes no pareciese un privilegio. País Valenciano y Canarias desistieron del procedimiento y las demás no lo intentaron.

El procedimiento era necesario para ampliar competencias sin dejar transcurrir cinco años. Todos los ojos se pusieron sobre ese aumento inmediato y no se quiso ver que implicaba contar con asamblea legislativa. Para conseguirlo se hizo un uso indebido del artículo 150.2, así reconocido por el portavoz de la comisión de estudios del Consejo de Estado al defender el dictamen sobre posible reforma de la Constitución solicitado por el Gobierno de Rodríguez Zapatero. El resultado fue que el actual marco constitucional no es el diseñado.

Al planteamiento de la cuestión catalana basado en la autoconciencia de una identidad colectiva, CiU ha añadido el interés económico. Constituirse en Estado independiente de España e integrado en la Unión Europea resultaría ahora más rentable. Desde el Gobierno y la UE se ha hecho ver la debilidad del argumento. El primer paso de la iniciativa está condenado al fracaso. Al Gobierno le resulta fácil, Constitución en mano, impedir que se realice la consulta. El diálogo ofrecido por Rajoy, orientado hacia un nuevo sistema de financiación de las autonomías que permita, no obstante su generalidad, el reconocimiento de la singularidad catalana, permitirá frenar el intento de separación. La situación presupuestaria de la Generalitat no está para hacer ascos a una mejora y hasta puede presentarse como un triunfo de la presión ejercida.

El conflicto no quedará resuelto. Los sentimientos no se compran y el intento de comprarlos los enardece. Sin llegar al extremo de la independencia, puede admitirse en Cataluña la conciencia de un hecho diferencial. Su reconocimiento ha de entenderse como tal, sin que suponga elitismo y sin perjuicio de la solidaridad. Es lo que, no sin dificultades, quedó reflejado en la Constitución. Ni siquiera los partidarios del café para todos han podido negar la existencia de hechos diferenciales como el régimen de concierto de Navarra y el País Vasco.

Habría que volver al pacto constituyente, el del artículo 2 de la Constitución aprobado también por CiU y PNV. Volver PP y PSOE a la Constitución y, mediante la reforma de los estatutos no aprobados en referendo, colocar a cada comunidad autónoma donde por su propia voluntad debería situarse según el diseño constitucional. Sería como llevar a cabo una especie de revisión de oficio. No es cuestión de desarrollar el cómo y el cuándo. La propia Constitución permite atribuir competencia legislativa a comunidades afectadas por la reforma en los casos que se estime necesario. La resistencia previsible a esa revisión, que no requiere reforma constitucional, provendría del seno de los partidos mayoritarios; el mismo interés partidario que llevó a aplicar torcidamente la Constitución. Se trataría de restaurar el marco constitucional, tal como fue diseñado. A los nacionalistas catalanes que lo elogiaron les resultaría difícil sostener que no se reconoce el hecho diferencial y haría más convincente la defensa del marco jurídico invocado.