A PESAR de las dramáticas noticias que de cuando en vez nos informan de ancianos que aparecen muertos en la más completa soledad, en Galicia somos campeones de España (nos siguen Asturias y Extremadura) en el número de ciudadanos que tienen familiares a su cargo. Son más de 230.000 las personas que dedican parte de su tiempo diario a facilitar la vida a otros que no se valen por sí mismos. Hay personas dependientes en todas las edades de la población gallega, pero sobre todo entre las cerca de 600.000 personas mayores de 65 años, que suponen 8 de cada 100 de España. Porque somos un país envejecido, y con una alta esperanza media de vida, se multiplican los problemas de dependencia en una sociedad con familias y hogares cada vez menos tradicionales. Aunque aquel campeonato social en España junto a tamaña -y creciente- necesidad pudiera ser la otra cara del déficit existente en Galicia de los necesarios servicios sociales. Pues sólo tenemos cuatro de cada cien plazas de residencia o 2,5 plazas de cada cien en centros de día de las existentes en España (datos para el 2004 del Imserso). De manera que los familiares vendrían cubriendo más en Galicia lo que en otras partes cubriría más el sector público. Por eso la Ley de Dependencia, como cuarto pilar de nuestro modelo de Estado de bienestar (junto a educación, sanidad y seguridad social), es una magnífica oportunidad para corregir aquellos desequilibrios y paliar aquellas necesidades. También un síntoma de afortunada vitalidad del modelo de cohesión social continental europeo frente al desentendimiento sobre los derechos y deberes colectivos que avanza por el mundo actual. Pero es también, por otro lado, un excelente ejemplo de multilateralidad territorial dentro de España. Lo que aconseja que sus órganos consultivos (como el Consejo Territorial del Sistema Nacional de Dependencia) y de salvaguarda de un trato igual para ciudadanos iguales deba explicitarse en cada Estatuto de Autonomía... y en todos ellos. Especialmente en situaciones como la que analizamos para Galicia. Tanto en el caso de la caja única de la Seguridad Social como en el de la protección a personas dependientes. Pues el lector aceptará que un factor no menor que condiciona la gestión de la dependencia de nuestros mayores es, y será, la cobertura y protección que ofrezca el sistema de pensiones. Son dos caras, en mi opinión, de una relevante cuestión social con mucho recorrido temporal por delante. Abordarlas facilitaría sin duda la implicación y el respaldo de la ciudadanía en nuestra reforma estatutaria: cuestión de auténtica independencia y calidad de vida.