DESDE QUE Castelao, Martínez-Risco o Alfredo Brañas se lamentaban de la ausencia de legislación de derecho civil gallego y de la inadecuación del Código a nuestra realidad, hasta ahora en que Galicia dispondrá de una amplia Ley de Derecho Civil, que será aprobada el próximo 6 de junio, pasó un largo período de tiempo. Al margen de la historia, ya la ley de 1995 prolongó su tramitación en el Parlamento, a lo largo de tres legislaturas, con la intención de aprobar un texto que recibiese, como esperamos que suceda de nuevo, el apoyo de todos los grupos parlamentarios de nuestra comunidad, lo que es preciso ante la trascendencia legal de un texto acorde con los tiempos actuales en que, por ejemplo, es necesario conferir mayor libertad al testador para disponer de los bienes. Conscientes de la importancia de la ley, que profundiza en nuestras peculiaridades, se unen, entonces y ahora, todos los grupos del mapa político del país para aprobar un texto adaptado a la realidad socioeconómica gallega actual aunque figuren instituciones históricas (muíños de herdeiros, a veciña...) como elemento de interpretación e integración de un sistema jurídico-civil propio de Galicia. Es el momento, pues se duplicó el plazo de cinco años al que, como máximo, hace referencia el texto para la elaboración de un informe parlamentario comprensivo de las dificultades y dudas que se adviertan en la aplicación de sus preceptos y de las normas que se estimen necesarias para la conservación, modificación y desarrollo de las instituciones de derecho civil de Galicia. Se trata de la segunda norma en importancia de nuestra comunidad autónoma después del Estatuto, al afectar a parcelas de la vida de los ciudadanos que repercuten de modo muy directo en su entorno más inmediato, como la familia, las herencias o la explotación de la tierra, permitiendo ahora los nuevos cauces parlamentarios sancionados por la Constitución y por el Estatuto, a través de esta ley, potenciar uno de los rasgos más distintivos y preciosos de la cultura de nuestro pueblo, que es el derecho civil, de acuerdo con nuestras costumbres seculares adaptadas a los nuevos tiempos. El derecho civil gallego, como imaginaban los más destacados autores, entre otros, de la Xeración Nós, es uno de los instrumentos de autoidentificación de nuestra comunidad, por lo que esta ley supone un nuevo paso de especial relevancia en la recuperación de los signos que caracterizan a la comunidad autónoma de Galicia y contribuyen a su identificación como pueblo, siendo la más preciosa manifestación de nuestra singularidad.