LOS CONTRIBUYENTES de Cádiz fueron más ambiciosos que la Xunta bipartita, y, en vez de contentarse con una ley de transparencia y buenas prácticas de la Administración, optaron por beatificar a toda la nación en un solo artículo: «El amor de la Patria es una de las principales obligaciones de todos los españoles, y asimismo el ser justos y benéficos». Un poco por debajo, la leyes ordinarias y los decretos del Gobierno se encargaban de establecer meticulosamente los deberes fiscales, el servicio militar obligatorio, los códigos Civil y Penal y toda la retahíla de derechos y deberes que determinan la condición de buen ciudadano. Pero no cabe la menor duda de que el arranque propuesto en el artículo 6 de la Pepa funcionaba como una vistosa frontera entre las corrupciones del antiguo régimen y los propósitos de regeneración de la España liberal. Visto con ojos críticos, el alcance del proyecto de ley que acaba de aprobar la Xunta es equiparable en eficiencia e inocencia al del artículo 6 de la Constitución de Cádiz. Todo lo que es sustantivo en el proyecto de ley de transparencia ya forma parte de las obligaciones impuestas por la ley de presupuestos, por la ley electoral, por el reglamento del Parlamento, por la ley de la Xunta y de su Presidente, por la Ley de Contratos del Estado, por el Código Penal y por las convenciones éticas forjadas en la práctica universal de la democracia. Los sueldos de los conselleiros y altos cargos y las subvenciones otorgadas a empresas y particulares son públicos desde hace más de un siglo, y las obligaciones de declarar los bienes en un registro pertinente, también. Pero no por eso debemos minimizar un gesto que, a pesar de su retórica decimonónica y su voluntarismo neófito, pretende establecer un corte visible, de naturaleza ética, entre los de antes y los de ahora. Claro que, a la hora de evaluar estas iniciativas, jamás se debe olvidar que todo lo que hicieron los GAL, los privatizadores de Rumasa y Telefónica, los maleteros de Flick, Filesa y Malesa, los Palop de Valencia y los actuales casos Torres y Perdomo en Canarias, los del 3% denunciado por Maragall, los que se enriquecieron ostensiblemente -López Veiga dixit- en el servicio público, y los que concedieron los parques eólicos y las minicentrales que investiga la Fiscalía del TSJ de Galicia, eran cosas prohibidas por la ley, reguladas por procedimientos transparentes y castigadas por el Código Penal. Porque, mientras las leyes discurren en paralelo a las trampas, sólo la ética personal garantiza la ética pública. Y eso, aunque no se demuestre, se ve. Y no siempre coincide, como es obvio, con la justicia formal de los tribunales.