La idea de Estado

| X. ÁLVAREZ CORBACHO |

OPINIÓN

LA FINANCIACIÓN autonómica que contiene el proyecto de Estatuto catalán ofrece aspectos cuestionables que deben ser conocidos. Estamos, en mi opinión, ante un modelo de financiación no generalizable, que además propicia la desigualdad, potencia la relación bilateral y se inspira en la lógica de comunidad rica. Intentaremos resumir y justificar estas afirmaciones. Dice el proyecto de Estatuto: son recursos de la Generalidat el rendimiento de todos los tributos estatales cedidos soportados en Cataluña. La gestión, recaudación, liquidación e inspección de los mismos se llevará a cabo por una Agencia Tributaria catalana. La Generalidat tiene capacidad normativa sobre todos y cada uno de estos impuestos, capacidad que consiste en decidir conjuntamente el tipo impositivo, las exenciones, reducciones y bonificaciones en la base, así como las deducciones en la cuota. La Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalidat es el órgano de relación bilateral que decide los aspectos sustantivos de la financiación autonómica. La Generalidat aportará a la hacienda estatal los recursos que correspondan para financiar los servicios y competencias de la Administración central, así como la solidaridad y los mecanismos de nivelación. Y continúa diciendo el proyecto de Estatuto: las inversiones en infraestructuras que realiza el Estado en Cataluña deben equipararse al porcentaje del PIB catalán sobre el total, creándose al efecto una comisión que fije previamente los proyectos y vele por su ejecución. Además, los ingresos per cápita de la Generalitat se aproximarán a la cifra de las comunidades forales, debiendo recibir a su vez una compensación financiera previa por las insuficiencias padecidas hasta la aprobación del presente Estatuto. Pero ¿qué sucedería si el Estatuto se aprobara y por acuerdo bilateral Cataluña participara del 50% del IRPF, IVA e impuestos especiales en el 2006? Pues que la Generalitat tendría unos 4.000 millones adicionales. ¿Y cuánto recibiría Galicia si pudiera hacer lo mismo? En torno a 850 millones. ¿Y si las comunidades de Valencia y Madrid dispusieran también de esos porcentajes impositivos? Pues entonces las desigualdades se agravarían y el Estado no tendría recursos para financiar sus competencias, entre ellas la solidaridad territorial. ¿Es normal que una comunidad imponga a las Cortes Generales -cuando éstas aprueban los Presupuestos del Estado- la cuantía de la inversión y el tipo de obras a realizar en un territorio? Pues no. O sea, que desde la periferia hay que explicar mejor la idea de Estado, así como precisar las necesidades de gasto autonómico a garantizar por éste. Sin tales requisitos, la confusión estatutaria es infinita y lastimosa.