ÉSTE FUE el título de un artículo firmado por Fernando Ónega en este periódico. En el mismo se denunciaba la desafección creciente entre los ciudadanos y la política. La evidencia la proporcionaba el barrio del Carmel, pero la crítica iba más allá y afectaba de lleno al estéril ensimismamiento que a veces se produce en los partidos políticos. Pues bien, yo voy a utilizar tan sugerente título para hablarles del Consello de Contas. Porque este organismo es desconocido en exceso y porque además su función primaria o básica consiste en defender los intereses del contribuyente. El Consello de Contas es un órgano dependiente del Parlamento de Galicia destinado a fiscalizar las cuentas y la gestión económico-financiera del sector público gallego. No tiene capacidad de enjuiciamiento, por lo que las posibles responsabilidades apreciadas en el proceso fiscalizador son remitidas al Tribunal de Cuentas de España. El Consello de Contas no enjuicia ni sanciona, sólo fiscaliza y entrega sus informes al Parlamento, a los Plenos de las Corporaciones Locales y al Tribunal de Cuentas para que ejerzan, en su caso, las acciones que procedan, poniendo también dichos informes a disposición de todos los ciudadanos ( www.ccontasgalicia.es ). Este control es posterior al ejercicio en cuestión, verificando a través del mismo el cumplimiento de la ley y normas contables que regulan la gestión del patrimonio y de los recursos públicos. Los informes no se sustentan, pues, en criterios políticos, como a veces argumentan los afectados, sino en hechos objetivos que se verifican, documentan y analizan con el mayor rigor posible, generando a su vez opinión fundamentada en los mismos. En este sentido, el prestigio del Consello de Contas descansará siempre en la solvencia técnica de sus informes de fiscalización. El Consello de Contas actúa de oficio, a través de un Programa de Trabajo anual aprobado por el Pleno, así como por mandato del Parlamento. También recibe denuncias y peticiones de fiscalización, sobre todo del ámbito local, que en gran medida no se consideran. Ya sea porque exigen acciones que superan las competencias de la institución, o bien porque trasladan la disputa política a donde no procede. Fuera de casos excepcionales, sólo ciertas denuncias bien fundamentadas se estiman e incluyen en los Programas de Trabajo. En todo caso, el contribuyente debe saber que el Consello de Contas es un contrapoder democrático que actúa en defensa de sus intereses. Porque aumenta la transparencia de la gestión pública y porque denuncia las irregularidades cometidas en la recaudación y aplicación de los impuestos. Su diseño institucional es manifiestamente mejorable, pero sus informes también deberían ser más conocidos.