LA PREGUNTA guarda relación con un contexto temporal e incluso físico. Permanece geográficamente en el mismo sitio, pero en una Europa que ha movido sus fronteras hacia el Este. Si ha de seguirse al pie de la letra una mención en el discurso de investidura del presidente del Gobierno habría que buscarla en el noroeste de la península Ibérica donde están previstas unas importantes infraestructuras. Se encuentra dando nombre a un plan al que le han salido garantes y escuderos y que suministra avituallamiento a la dialéctica partidaria. Fuera cobertura o coartada a una realidad imposible de ignorar, está ahí como un reclamo irrenunciable. Si Galicia es más que un nombre o un pretexto de coyuntura habrá que poner cifras donde no las hubiera y financiación donde deseos, propuestas y proclamas: concreción y transparencia. Y para eso, ¿dónde estará situada Galicia en el ranking de peticiones de las comunidades autónomas? ¿Dónde en la gradación descendiente que va de los compromisos concretos y anticipos a las promesas? En el Estatuto Galicia está como sujeto que identifica la autonomía. Allí se la reconoce como nacionalidad histórica. Como tal quedó ubicada en los momentos constituyentes. Por esa razón, implícita en la Constitución, accedió a la autonomía por la vía rápida prevista en aquella. ¿Dónde va estar Galicia en esta etapa que acaba de iniciarse y que puede adivinarse como estatuyente ? La dinámica reformadora se ha disparado. Al presidente Aznar se debe una parte de ese impulso por paradójico que parezca y que se explica por la ley de la acción-reacción. En la parrilla de salida, al proyecto vasco tan aireado acompañan ya iniciativas, más o menos avanzadas, de catalanes, andaluces y canarios. El fenómeno se ha intensificado y cobrado un nuevo sesgo con la presidencia de Rodríguez Zapatero, por los compromisos contraídos con el gobierno catalán, la sintonía partidaria con el andaluz y una cierta reciprocidad con el canario. ¿Dónde se sitúa Galicia? La condición estatutaria de nacionalidad histórica, ¿va a quedar confinada en una consideración heráldica? Dicho en otros términos, el trato preferente y diferenciado que le da la Constitución en su disposición transitoria segunda ¿ha perdido su justificación? ¿Habrá agotado su eficacia, considerada como un régimen temporal? ¿Es un precepto sustancialmente transitorio? ¿En qué van a consistir los hechos diferenciales, si realmente se entiende que existen y no se consideran privilegios o no se reducen a fenómenos físicos evidentes? ¿Como va a plantearse la reforma del Senado desde una comunidad con menor población que Cataluña o Andalucía? Las aguas aparentemente tranquilas se han agitado en una circunstancia que nos retrotrae de algún modo al período constituyente y que ofrece síntomas de punto de inflexión, al desaparecer del primer plano político figuras como Pujol y Arzalluz y producirse el vuelco electoral a favor del PSOE. ¿Cómo va a responderse desde Galicia al desafío de este inquieto presente?