LAS PALABRAS casi nunca son inocentes, y en los textos legales, nunca. Me entero de que la Constitución de Colombia no habla de «estado de excepción» y «estado de sitio» para referirse a las circunstancias que permiten suspender las libertades públicas. Habla de «estado de conmoción», que desde luego sirve también para referirse a una situación social tumultuosa y guerrera, como es la que Colombia sufre. Lo malo es que, con ello, se pierde en la expresión el sentido excepcional y extraordinario de la limitación de derechos y libertades ciudadanas que conlleva. Y como los colombianos están hoy permanentemente conmocionados, perturbados en su ánimo y en su cuerpo por desgracias sin fin, sin que la cosa barrunte cambio, todo resulta coherente: la excepción es la regla general. También lo es que el presidente, Álvaro Uribe, haya decidido convertir en permanente el cercenamiento de las libertades, dejando sin sitio los derechos constitucionales de unos ciudadanos en invariable estado de sitio.